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Sala Constitucional no sancionará a diputados que no legislen en tiempo y forma, según Ley Reglamentaria

En esta iniciativa se establecen disposiciones legales para garantizar el respeto de los derechos humanos dentro de la constitución local.
Sala Constitucional no sancionará a diputados que no legislen en tiempo y forma, según Ley Reglamentaria
Legisladores en el Congreso del Estado de Puebla Créditos: Foto: Congreso de Puebla

La Sala Constitucional del Poder Judicial de Puebla no sancionará a los diputados locales que no cumplan en tiempo y forma con su labor, únicamente les llamará la atención para que lo hagan, según establece la iniciativa de Ley Reglamentaria de los Medios de Defensa de la Constitución Política del estado.

Esta ley secundaria a la reforma constitucional del Poder Judicial de la entidad, la entregó el gobierno de Sergio Salomón Céspedes el 23 de febrero de este 2023 al pleno del Poder Legislativo, junto contras tres que deben ser revisadas y aprobadas.

En esta iniciativa se establecen disposiciones legales para garantizar el respeto de los derechos humanos dentro de la constitución local, los cuales serán vigilados por la Sala Constitucional, con facultades para interpretar, defender y garantizar que se cumpla con lo que marca la ley.

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Dentro de esta ley se establecen que son cuatro los métodos de control constitucional:

  • Las acciones de inconstitucionalidad.
  • Las controversias competenciales.
  • La acción de tutela.
  • La acción por omisión legislativa.

¿Qué son las acciones de inconstitucionalidad?

Son los mecanismos encargados de revisar que las leyes, reglamentos o disposiciones emitidas por las autoridades, no contravengan lo determinado en la Constitución del Estado de Puebla, las cuales deberán de interponerse en un máximo de 33 días después de publicada la norma.

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Congreso de Puebla Créditos: Congreso de Puebla

¿Quiénes pueden ejercer la acción de inconstitucionalidad?

  1. El ejecutivo a través del Consejero Jurídico.
  2. Los partidos políticos con registro en el estado.
  3. La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CEDH).
  4. El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (Itaipue).
  5. La Fiscalía General del Estado (FGE).
  6. El equivalente a al menos 0.5 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
  7. Presidentes municipales o el 33 por ciento de los integrantes de un ayuntamiento, en contra de los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas.

¿Qué es la ‘acción por omisión legislativa’?

Se trata del procedimiento con el cual se garantiza que el Congreso del Estado reforme o dicte leyes que ya estén establecidas en la Constitución del Estado.

Es decir, si el Congreso de Puebla no expide una ley dentro del tiempo que lo obligue la constitución, la Sala Constitucional podrá llamar la atención a los diputados para que den celeridad al proceso y puedan ser promovidas.

Sin embargo, no existe ningún tipo de sanción para los diputados por no cumplir con sus obligaciones para sesionar en tiempo y forma lo dictado por la Constitución del Estado.

 Por Carlos Cózatl/ @cr_cozatl

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Carlos Cózatl

Reportero con experiencia de más de cinco años en medios impresos y digitales de Puebla. Actualmente colaborador de MTP Noticias.