Con una pena mínima más baja, nueva definición y tras mesas de trabajo y foros de discusión, el Congreso de Puebla aprobó la reforma al artículo 480 del Código Penal del Estado, referente al delito de ciberasedio.
Con una votación de 34 a favor, seis en contra y una abstención, este 10 de julio, el Poder Legislativo dio luz verde a la nueva redacción de este delito, el cual crearon el 12 de junio y está vigente desde el día 14.
Los verbos “insultar, injuriar, ofender, agraviar o vejar”, y la frase “con la insistencia necesaria”, los eliminaron de la nueva versión.
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También se agregaron disposiciones para proteger el interés público, el periodismo y la libertad de expresión, según lo señala la Constitución Mexicana.
Otro cambio es que, de manera literal, el artículo 480 excluye a los servidores públicos de poder denunciar a la ciudadanía por ciberasedio.
Estos cambios se dieron luego de las múltiples críticas que se dieron a esta reforma, la cual tildaron como “Ley Censura” en redes sociales, desde organizaciones internacionales como Artículo 19.
En el artículo también señaló la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), organismo que advirtió que atenta contra la libertad de expresión, por lo que iban por la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Desde que está vigente hasta la fecha, la Fiscalía General del Estado (FGE) ha recibido seis denuncias por ciberasedio. En algunos casos, se trata de padres que denuncian las agresiones hacia sus hijos en espacios digitales.
Aprueban nueva redacción de Ley de Ciberasedio: esta es la nueva definición

La nueva redacción indica que hay ciberasedio cuando:
“A través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona, y como consecuencia altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física o emocional”.
Contrario al texto vigente, hay tres párrafos nuevos, uno de ellos que indica que “la autoridad deberá considerar el contexto de los hechos”.
Uno más, indica que se investigará por denuncia “a petición de parte”, a menos que se trate de menores de edad, personas con discapacidad o si hay relación de autoridad o subordinación.
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El tercero establece que “quedan excluidas las manifestaciones o críticas a cualquier órgano del Estado o persona servidora pública”. Así como “expresiones emitidas en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el periodismo”.
La pena mínima quedó en seis meses y la máxima en tres años, más la multa de 50 a 300 veces el valor del UMA.
“Aún es inconstitucional”, dijo el PAN; “antes no consultaban”, reviró Morena
Durante la discusión en la Comisión de Procuración de Justicia y ya en el pleno del Congreso, la oposición y los partidos oficialistas, encabezados por Morena, se enfrentaron a favor y en contra de la nueva definición de ciberssedio.
La diputada Susana Riestra, del PAN, argumentó que la ley todavía tiene vicios que contrarios a la Constitución Mexicana.
Expuso que la SCJN declaró inconstitucional, en el estado de Yucatán, el artículo 243 de su Código Penal, ya que incluía las palabras “intimidar” y “asediar”, mismas que conforman el ciberasedio.
“Lo dijo la SCJN y así la echaron abajo en Yucatán. Nosotros estamos poniendo de nombre ‘ciberasedio’ y en uno de nuestros verbos hablamos de ‘intimidación’, ¿Qué necesidad de que nos estén corrigiendo la plana?”, advirtió.
Agregó que también se pone en riesgo la denuncia pública que se hace en redes sociales. Pues no se especificó de manera expresa que esta no será punible.
En respuesta, la presidenta del Congreso, Laura Artemisa García Chávez, reviró que esta propuesta es el resultado de un proceso de escucha a la ciudadanía en foros y mesas de trabajo.
Refirió que cuando gobernaba el PAN nunca se tomó en consideración a la gente en decisiones como quitarle facultades a las juntas auxiliares o el endeudamiento con obras como el CIS o el Museo Barroco.
También recriminó que no hubo consulta cuando se aprobó la Ley Bala de Rafael Moreno Valle (2011-2017), la cual tuvo que revertir la SCJN.
“¿Hubo diálogo y apertura cuando se retiró de las juntas auxiliares el Registro Civil? ¿Cuándo se aprobó una ‘Ley Bala’ que resultó en la muerte de un menor? ¿Se consultó o se corrigió la hipoteca del estado, por miles de millones de pesos, con el CIS y el Museo Barroco?”, cuestionó la morenista.
También hubo una discusión dentro de la misma oposición, protagonizada por las diputadas del PRI, Delfina Pozos, y de Movimiento Ciudadano, Fedhra Suriano.
La priísta le reprochó a Suriano que no se atrevió a votar en contra de la iniciativa en comisiones, pues se limitó a abstenerse.
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Dijo que ella votó en contra porque la ley todavía está “mal construida” e incluye términos ambiguos. Que se prestan al abuso y atacan la libertad de expresión.
En su intervención, Fedhra Suriano contestó que ella se abstuvo debido a que sí está a favor de la ley, pero la nueva redacción todavía es imprecisa.
En respuesta a Delfina Pozos, la tildó de ser una oposición “poco seria”. Cuyas iniciativas son improvisación y se enfocan más al espectáculo que a buscar la protección de las víctimas.
Respecto a su petición de derogar el artículo 480, dijo que fue una simulación. Debido a que bien se sabe que no se puede, sino hasta el siguiente periodo de sesiones.
“Estar relegados en lo popular, los ha hecho perder todo tipo de juicio, priorizando el escándalo sobre la solución, el protagonismo sobre la técnica jurídica. Sus propuestas han sido improvisadas, carentes de valor y más orientadas al espectáculo que a una verdadera protección de las víctimas”, dijo.
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