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Servidores públicos no podrán denunciar ciberasedio, propone Movimiento Ciudadano

Fedrha Suriano argumentó que su propuesta conserva las penas de cárcel, pues de lo contrario no es una conducta que se pueda tipificar como delito.
Servidores públicos no podrán denunciar ciberasedio, propone Movimiento Ciudadano
Celular en manos esposadas y un teléfono con logos de redes sociales. Créditos: Diseño MTP Noticias

La propuesta de Movimiento Ciudadano para modificar el ciberasedio incluye de manera explícita que los servidores públicos no podrán denunciar este delito, afirmó la diputada Fedrha Suriano.

Durante la sesión ordinaria de este 3 de julio, en el Congreso del Estado, la diputada expuso que la redacción del artículo 480 del Código Penal, referente al ciberasedio, es ambigua y se presta a abusos de poder.

En su iniciativa, se señala de manera literal que los servidores públicos no podrán denunciar este delito.

La modificación que la diputada propuso señala que:

“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de la utilización de las tecnologías la de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, coaccione, calumnie o incite a la violencia en contra de otra persona, de manera reiterada, produciéndole una afectación a la integridad psicológica de la víctima”.

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¿Qué critican de la Ley Ciberasedio?

Uno de los puntos más criticados del artículo 480 es la frase “reiteración necesaria”, por lo que en su proyecto define que la reiteración ocurre cuando una conducta se repite dos veces o más.

En el tercer párrafo pone la limitante para funcionarios, al señalar que “la coacción, calumnia o incitación a la violencia en contra de personas servidoras públicas o instituciones gubernamentales, no será considerado como ciberasedio”.

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Ciberasedio en Puebla: primera propuesta de modificación no excluye a funcionarios
Manos escribiendo en laptop rodeada de iconos de aplicaciones Créditos: MTP

A quienes resulten culpables de ciberasedio, se les impondrá la pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 300 días del valor diario de la UMA vigente.

En los casos donde la víctima sea menor de edad, la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima.

Propone Movimiento Ciudadano que servidores públicos no denunciar ciberasedio

En su exposición de motivos, Suriano alegó que la redacción actual del artículo 480 del Código Penal se presta a la criminalización de la libertad de expresión en modalidades como la crítica y la sátira.

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Fedrha Suriano argumentó que su propuesta conserva las penas de cárcel, pues de lo contrario no es una conducta que se pueda tipificar como delito.

Aunque hizo énfasis en que deben derogar dicho artículo, afirmó que no es posible porque el reglamento interno del Congreso señala que deben esperar al siguiente periodo de sesiones, el cual inicia el próximo 15 de septiembre.

“En este sentido va la presentación de esta reforma. Tenemos que hacerlo así, lo ideal hubiera sido derogarla, pero obviamente y como lo he manifestado en otras ocasiones, el 193 del Reglamento no nos lo permite hacer de manera inmediata”, dijo.

Jesús Tepal

Jesús Tepal

Reportero poblano. Egresado de la Facultad de Comunicación de la BUAP. Con experiencia en medios digitales, interesado en el periodismo de investigación y la divulgación científica.