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Aprueban 50 años de cárcel por violación con embarazo en menores en Puebla

Con el objetivo de endurecer las sanciones cuando una agresión sexual tenga como consecuencia un embarazo en niñas y adolescentes.
Aprueban 50 años de cárcel por violación con embarazo en menores en Puebla
Menor embarazada y de fondo una cárcel. Créditos: Codajic/ diseño MTP Noticias

El Congreso del Estado de Puebla avaló la reforma al Código Penal para establecer una pena de 50 años de cárcel a quien ejerza el delito de violación contra menores y que deje secuelas como un embarazo.

Con 36 votos a favor, el Pleno aprobó este jueves dos de julio las modificaciones a los artículos 266 y la adición del 271 Bis del Código Penal del Estado, con el objetivo de endurecer las sanciones cuando una agresión sexual tenga como consecuencia un embarazo en niñas y adolescentes.

La reforma establece que el incremento de la pena se aplicará independientemente de la duración o del resultado de la gestación.

La iniciativa también contempla cambios para el delito de estupro. En este caso, cuando la víctima resulte embarazada como consecuencia del delito, la sanción aumentará hasta en dos terceras partes respecto a la pena prevista actualmente.

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Hasta antes de esta reforma, el delito de estupro se castigaba con penas de uno a seis años de prisión y multas de 20 a 200 días de salario. Con la modificación aprobada por el Congreso, el castigo podrá incrementarse cuando la víctima quede embarazada.

Investigar todos los embarazos adolescentes
Mujer embarazada Créditos: Especial

En el caso de la violación, la legislación poblana contempla actualmente penas que van de ocho a 40 años de prisión, además de multas de 50 a mil días de salario. Con la incorporación del artículo 271 Bis, el embarazo de la víctima se convierte en una agravante específica para incrementar la sanción.

Hasta 50 años de cárcel por violación a menores y causar embarazo en Puebla

La propuesta busca reconocer el impacto físico, psicológico y social que representa un embarazo derivado de una agresión sexual, especialmente cuando las víctimas son menores de edad, por lo que elimina cualquier interpretación relacionada con la permanencia o interrupción del embarazo para aplicar el aumento de la pena.

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La aprobación de la reforma ocurre en un contexto donde los delitos sexuales continúan registrando una incidencia importante en el estado.

De acuerdo con cifras de la Fiscalía General del Estado (FGE), entre enero y mayo de 2026 se iniciaron 194 carpetas de investigación por violación simple y 116 por violación equiparada, para un total de 310 investigaciones en apenas cinco meses.

La violación equiparada comprende aquellos casos en los que, aun sin mediar violencia física o moral, la víctima se encuentra en una condición que le impide otorgar un consentimiento válido, como ocurre con niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad.

A ello se suma que, según datos de la Coordinación de Estudios Sociodemográficos y Prospectiva del Consejo Nacional de Población (Conapo).

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Esto demuestran que durante 2025 se registraron 540 nacimientos en Puebla de madres de entre 10 y 14 años de edad, una cifra que refleja la dimensión del problema y que fue uno de los argumentos para fortalecer las sanciones contra quienes cometan delitos sexuales que deriven en embarazos de menores.

Guillermo Gutiérrez

Guillermo Gutiérrez

Soy economista y me apasiona el periodismo. Inicié mi trayectoria en 2023 en Ángulo 7, donde fui coordinador de información durante un año y siete meses. Me gusta escribir, investigar y abordar temas...