728-X-903 viaja seguro
12 PUEBLOS MÁGICOS (SEMANA SANTA)
Publicado enPolítica

¿En qué consisten las reformas de ley propuestas por el gobernador de Puebla?

En sesión pública ordinaria el Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado aprobó por mayoría, y en lo general, las tres Iniciativas de ley enviadas y reformas a dos códigos, enviadas por el Ejecutivo del Estado con la finalidad de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.

 

Las y los legisladores aprobaron reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Victimas de estos delitos, así como el Código Civil y el Código Penal del Estado.

Ley para acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del estado

 

Las modificaciones relevantes a esta Ley consisten en reforzar los principios de igualdad y no discriminación. Se adiciona la violencia política como una modalidad específica de violencia, estableciendo las facultades de las autoridades competentes para su prevención, atención y erradicación.

 

De la misma forma, se atienden las medidas de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres con la creación de albergues casas de medio camino y refugios para las víctimas, sus hijas e hijos, entre otras.

 

Lee: ¡La izquierda resultó mocha! Dice NO a la despenalización del aborto y NO al matrimonio gay en Puebla

 

En los casos de feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás Leyes aplicables.

 

Se contempla:

 

• Adecuar el contenido de sus disposiciones conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a las determinaciones y definiciones de la Ley General de la materia.

 

• Adicionar el término de violencia política como una modalidad específica de violencia.

Ley para la igualdad entre mujeres y hombres

 

Las reformas a esta ley tienen la intención de reforzar las medidas de igualdad y avance de las mujeres, asimismo, se ajusta el contenido de algunos preceptos a las disposiciones federales, como en el caso de la licencia de paternidad a la Ley Federal del Trabajo, entre otras cosas se eliminan los estereotipos en función del sexo de las personas y contribuir al reparto equilibrado de las responsabilidades familiares.

 

Entre otras cosas contemplan:

 

• Fortalecer y transferir las facultades a la nueva Secretaría de Igualdad Sustantiva.

 

• Eliminar los estereotipos en función del sexo de las personas y se contribuye al reparto equilibrado de las responsabilidades familiares.

Ley para prevenir y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas

 

Entre las consideraciones, se propone incorporar como principio rector de la Ley el derecho a la reparación del daño y agregar en su glosario las definiciones de abuso de poder, daño grave o amenaza de daño grave, asistencia y protección a las víctimas, informante, ofendido, publicidad ilícita, publicidad engañosa y testigo.

 

Se fortalecen las acciones tendientes a desarrollar la prevención del delito de trata de personas y se adicionan derechos a las víctimas de estos delitos, asimismo, se fortalece la reparación del daño a toda víctima.

 

Te puede interesar: Propuesta de reforma al matrimonio conserva que sea entre hombre y mujer en Puebla

 

En este sentido, se establece:

 

“el pago de los daños físicos, materiales, psicológicos, así como la reparación integral al daño moral. Incluirá, por lo menos, los costos de tratamiento médico, medicina, exámenes clínicos e intervenciones necesarias, rehabilitación física, prótesis o aparatos ortopédicos, así también la terapia o tratamiento psiquiátrico, psicológico y rehabilitación social y ocupacional hasta la rehabilitación total de la víctima”.

 

Contempla que:

 

Se fortalecen las acciones tendientes a desarrollar la prevención del delito de trata de personas, para lo cual se contemplan la obligación de coordinación; la implementación de medidas educativas, sociales y culturales; la atención con especial énfasis a las localidades aisladas y zonas urbanas que se hayan identificado como aquéllas de mayor incidencia en la comisión este delito”.

Código penal y civil

 

Asimismo, las reformas al Códigos Civil y Penal establecen:

 

– Modificaciones complementarias a estos códigos, en congruencia con las otras reformas en materia de igualdad entre hombres y mujeres, así como para erradicar la violencia de género en contra de las mujeres.

 

En este sentido, se aplicaron reformas a los artículos 294, el 386, el 511, el 530, el 564, el 869 la fracción VI del 915.

 

De la misma forma se derogaron los artículos 316, 500, 565 y 865, todos del Código Civil.

 

Mientras que del Código Penal se reforman los artículos 337 Bis y el 342.

 

Todo lo anterior, después de la revisión de las reservas que fueron presentadas, debatidas y votadas en el Pleno por diputadas y diputados de la LX Legislatura del Congreso del Estado.

 

Por @MTPNoticias

LA VILLA
MTP Noticias

MTP Noticias

MTP Noticias