Con modificaciones, la Ley Casco fue aprobada por diputados de la Comisión de Movilidad y Transporte en el Congreso de Puebla con la que se regula a motociclistas y entre sus modificaciones, obliga a los repartidores a usar chaleco antirreflejante.
Mientras que los motociclistas no tendrán que portar la placa en sus casos, pero sí un distintivo con sus datos personales.
Este martes 17 de junio de 2025, tras semanas de protestas por parte de motociclistas, avanzó en comisiones esta propuesta legislativa que ha causado polémica entre los usuarios de este medio de transporte.
La Ley Casco se aprobó por unanimidad y deberá pasar a discusión en el Pleno del Congreso.
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Se prevé que sea votada este miércoles 18 de junio.
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Avanza Ley Casco en Puebla: estas son las obligaciones de repartidores y motociclistas

En la discusión de la Ley Casco en la Comisión de Movilidad y Transporte se hicieron nuevas propuestas para la que, inicialmente, fue llamada Ley Chaleco pues planteaba el uso de chalecos con los datos de cada ‘biker’.
La propuesta se desinfló y se modificó en lo que ahora es la nombrada Ley Casco.
Las disposiciones para los motociclistas son las siguientes:
—Uso de chaleco antirreflejante obligatorio para repartidores.
—También, los repartidores no deberán obstruir sus placas ni espejos con sus instrumentos de trabajo (como mochilas, cajas de reparto).
—Para motociclistas en general, portación de casco con un distintivo que contenga su información.
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—Las luces se deben mantener encendidas en todo momento.
—Se cancelan los permisos provisionales para estas unidades.
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—Se prohíbe que viajen menores de 12 años de edad como acompañantes.
—Cuando una moto nueva sea vendida solo se le permitirá circular sin placa al domicilio con permiso de la Secretaría de Movilidad y Transporte.





