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Diputada del PRI propone sumar 7 causales al delito de feminicidio en Puebla

Foto: Agencia Es Imagen

Mediante una iniciativa al Código Penal del estado, la diputada del PRI, Isabel Merlo Talavera, propuso incrementar siete causales más para sancionar a quien cometa el delito de feminicidio en Puebla.

Con ello se busca incrementar entre las causas que el agresor abuse de su cargo público, que la víctima se encuentre en estado de indefensión y que se haya ejercicio alguna forma de explotación en contra de la víctima.

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La iniciativa de la legisladora del tricolor establece modificar el artículo 338 del Código Penal con la finalidad de darle mayores elementos a la Fiscalía General del Estado y a las instancias de seguridad y procuración de justicia para investigar y sancionar este tipo de delitos.

“Los tipos penales deben ser los más claros posibles para ayudar, tanto al ministerio público como al juzgador, para que una conducta antijurídica como es el feminicidio no quede impune y se sancionado”, dijo Merlo Talavera.

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Isabel Merlo explicó que su propuesta parte de un estudio de derecho comparado entre códigos penales de los 32 estados, entre los cuales se encuentran Veracruz, Oaxaca, Nayarit, Colima, Chihuahua y Aguascalientes, que contemplan agravantes que no tiene Puebla.

Entre las causales que se incluiría en la propuesta está el hecho de privar a una mujer en estado gravidez, cuando el presunto victimario se aproveche de su cargo público para cometer el delito o haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo, o que haya ejercido sobre ella alguna forma de explotación.

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Cuando la víctima se encuentre en estado de indefensión que imposibilite su defensa, por alguna razón de comunicación o incapacidad para recibir auxilio, o porque existe impedimento físico o material para pedir auxilio.

Así como cuando el homicidio se comenta para ocultar violación o evitar que se denuncie o sancione el delito; también cuando haya existido una relación laboral, escolar, o cualquier otra que implique confianza, superioridad o subordinación.

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Y cuando el agresor se haya valido de su relación como conductor de vehículo de transporte público de pasajeros o de turismo, y cuando existe otra modalidad de privar de la vida a una mujer.

La iniciativa de la legisladora del Revolucionario Institucional fue turnada a la Comisión de Administración de Procuración y Administración de Justicia para su análisis.

Por: Cirilo Calderón / @calderonciro

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