¿Adeudas fotomultas en Puebla?, más vale que los vayas pagando porque pronto será obligatorio pagar tenencia vehicular si has rebasado los límites de velocidad y has evadido tu responsabilidad.
El gobernador Alejandro Armenta lo quiere establecer en la ley por lo que ya envió una iniciativa al Congreso local para reformar la Ley de Hacienda.
Una vez que lo avalen los legisladores, ningún automovilista podrá evadir el pago de las infracciones.
“Para obtener el apoyo del 100 por ciento, el propietario del vehículo no deberá tener créditos fiscales que hayan sido captadas por dispositivos o medios tecnológicos”, dijo este 22 de diciembre 2025 el coordinador de gabinete, José Luis García Parra.
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Confirmó que esa propuesta ya se envió y una vez que regresen de vacaciones los diputados, la deberán de analizar y en su caso, aprobar.
¿Qué se modifica en la ley para pagar tenencia si se deben fotomultas en Puebla?
La iniciativa del gobernador Armenta modifica el último párrafo del artículo 83, para precisar que únicamente se descontará al 100 por ciento en tenencia vehicular si no se deben infracciones.
La tenencia es un impuesto condonado para los automovilistas en el estado, siempre y cuando cumplan con el pago de 670 pesos por el control vehicular.
Actualmente, la Ley de Hacienda señala que, para realizar cualquier movimiento en el Registro Estatal Vehicular, es necesario no tener pendientes créditos fiscales por infracciones relacionadas con el manejo a exceso de velocidad.
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Con la modificación al artículo 83, se establece lo siguiente:
“Para que la autoridad competente realice cualquier movimiento ante el Registro Estatal Vehicular, el propietario tenedor o usuario deberá demostrar estar al corriente en el pago de las contribuciones vehiculares, así como no tener créditos fiscales pendientes de pago, provenientes de sanciones por infracciones captadas a través de cualquier dispositivo o medio tecnológico, en las vías públicas de jurisdicción estatal”.
La iniciativa quedó en análisis de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, por lo que su análisis y posterior aprobación se hará en 2026.
¿Y para los motociclistas cuándo aplica Ley Casco?
El funcionario explicó que otra parte de la iniciativa establece nuevas obligaciones para los motociclistas en Puebla, siguiendo con la Ley Casco aprobada en julio de este año.
En la reforma al artículo 81, la propuesta dicta que una motocicleta nueva podrá circular sin placas desde el punto de venta hasta el lugar de resguardo, pero solo con un permiso provisional de cinco días, emitido por la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración (SPFA).
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Asimismo, crea el artículo 93 que dicta las obligaciones para los dueños de motocicletas.

En primer lugar, deben tramitar la alta en el Registro Estatal Vehicular “preferentemente”, previo a la salida de la motocicleta nueva del punto de venta.
De lo contrario, recibirán en ese lugar el permiso de cinco días, tiempo en el que deben hacer el registro para obtener las placas de circulación.
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Además, la Finanzas debe expedir la tarjeta de circulación detallando el número de ocupantes autorizados, que en el caso de repartidores, no será más de un pasajero.





