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Fechas, costos: las claves para entender qué viene en Puebla tras muerte de su gobernadora

Elvia Cruz/ @cruz_elvia

Tras la muerte de la gobernadora panista Martha Erika Alonso, Puebla está en la búsqueda de un gobernador interino pero también se prepara para salir nuevamente a las urnas a elegir a su gobernador constitucional, quien contará con un presupuesto de 91 mil 735 millones 281 mil 135 pesos.

Independientemente de los cabildeos que realizan los líderes de bancada del Congreso local y las cúpulas nacionales para designar a quien ocupe temporalmente el cargo que dejó vacante Alonso, ¿cuáles son los plazos legales que marca la ley?, ¿qué instancia electoral debe organizar la elección y qué presupuesto se prevé?

¿Cuáles son las fechas que se ponen sobre la mesa para que los poblanos acudan nuevamente a las urnas?

Aquí las claves:

Gobernador interino se debe designar antes del 26 de enero

Aunque legisladores locales han dado diversas fechas para el nombramiento, tomando en cuenta lo que marca el artículo 57 de la Constitución del Estado de Puebla, el gobernador interino debe ser nombrado antes del 26 de enero.

¿Por qué?

Tomando en cuenta que el encargado de despacho, Jesús Rodríguez Almeida notificó el 26 de diciembre la falta absoluta de gobernadora, debe pasar máximo un mes para que los diputados nombren a uno temporal.

¿El ex gobernador Antonio Gali puede quedar como interino si es propuesto?

La ley marca que un gobernador constitucional no puede ser electo para el mismo cargo de manera inmediata. Sin embargo, la diputada Roció García Olmedo ha explicado que no se trataría de una reelección, debido a que Martha Erika sí tomó protesta en el cargo.

Es decir, si los legisladores se pudieran poner de acuerdo, Gali Fayad sí podría quedar como interino.

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¿Qué está impedido hacer el gobernador interino?

El perfil que quede como gobernador temporal en Puebla se debe olvidar en participar en una elección inmediata por este cargo.

La Constitución del Estado marca que podrá ausentarse del territorio hasta 15 días consecutivos y si es por más tiempo pero menos de un mes, se hace cargo el secretario general de gobierno.

En caso de que la ausencia excediera treinta días consecutivos, el Poder Legislativo debe nombrar nuevamente a un interino.

¿Qué sigue una vez que haya gobernador interino?

Una vez que el mandatario interino sea ratificado con mayoría simple –cuyo control lo tiene la coalición Juntos Haremos Historia pues cuenta con 22 de 41 diputados– se tiene como plazo diez días para emitir una convocatoria para la elección extraordinaria.

¿Cuándo se debe emitir la convocatoria y qué instancia debe estar a cargo del proceso?

Si el gobernador interino se designa antes del 26 de enero, para principios de febrero se debe convocar a una nueva elección por el Instituto Estatal Electoral y en el documento se deben establecer las fechas de precampañas, campañas y el día de la elección.

En el IEE se debe solicitar al Instituto Nacional Electoral (INE) atraer el proceso en caso de que así se tome una decisión, pues legisladores de Morena pugna a que así sea.

 

Plantean 450 millones y el 2 de junio como fecha tentativa

Aunque no es un hecho, el presidente de la mesa directiva del Congreso local, José Juan Espinosa Torres, explicó que en el Presupuesto de Egresos 2019 se calcula destinar un total de 450 millones de pesos, entre prerrogativas de partidos políticos, y la organización de la elección a gobernador y cinco extraordinarias en municipios.

Por cuestiones de operatividad, explicó Espinosa Torres, se busca programar la elección para el 2 de junio, misma fecha en la que habrá comicios municipales y estatales en Aguascalientes, Baja California, Durango, Tamaulipas y Quintana Roo.

La fecha está dentro de lo que marca la ley, un plazo máximo de cinco meses y mínimo de tres, una vez que se designe al gobernador interino.

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¿Qué periodo estará en el cargo el gobernador electo?

En caso de que la elección sea el 2 de junio, quien resulte electo debe concluir el periodo por el que fue electo Martha Erika Alonso (2018-2024).

Debe rendir protesta diez días después de que el órgano electoral valide el triunfo y conformar su gabinete.

¿Y qué pasa si viene otro conflicto postelectoral?

Si Morena y el frente que encabeza el PAN se enfrascan en un nuevo conflicto postelectoral como ocurrió con Alonso y Luis Miguel Barbosa en la pasada elección, el Congreso local –con mayoría Morena- debe intervenir nuevamente para nombrar a otro interino.

 

ASÍ REPORTAMOS EN VIVO LA MUERTE DE LA GOBERNADORA, SU ESPOSO Y OTRAS TRES PERSONAS 

LA VILLA
Marisol Martinez

Marisol Martínez

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