A casi cuatro años como alcaldesa de San Martín Texmelucan, Norma Layón Aarún, no ha transparentado su declaración patrimonial. Los habitantes de este municipio, uno de los más peligrosos y con más actividad de huachicoleros en el estado de Puebla, desconocen el monto acumulado de su riqueza.
Layón lleva 46 meses como presidenta municipal, con un sueldo promedio de 52 mil 427 pesos mensuales, según la última actualización en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), es decir, ha percibido 2.4 millones de pesos en salarios durante ese tiempo.
Los texmeluquenses desconocen cuántos autos, terrenos, departamentos, casas y empresas posee. El 10 de mayo de 2021, MTPNoticias dio a conocer que es socia de la compañía denominada Capillas de Velación San Martín.
En su primer periodo como presidenta de Texmelucan (2018-2021) la primera obra fue el adoquinamiento de la calle ‘Las Ánimas’ en la colonia San Damián, vialidad que es acceso a dichas capillas de velación.
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Incumple Norma Layón con declaración patrimonial
De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la última actualización de la declaración patrimonial de los servidores públicos se debió realizar durante el mes de mayo pasado; sin embargo, Layón ignoró este deber.
De acuerdo con una revisión realizada por MTPNoticias al Portal Nacional de Transparencia (PNT), la morenista nunca ha tenido la intención de transparentar sus bienes muebles e inmuebles como marca la ley, pues desde octubre de 2018 cuando rindió protesta en su primer periodo como presidenta, no ha cumplido con esta obligación como servidora pública.
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El 22 de mayo de 2022, MTPNoticias dio a conocer que, con dinero de los habitantes, el gobierno de San Martín Texmelucan, Puebla, adquirió al inicio de este año una camioneta blindada nueva con un costo de 3.8 millones de pesos para uso de la alcaldesa Layón.
El valor de la unidad de lujo contrasta con el monto de dos patrullas modelo Nissan, adquiridas a un precio total de un millón de pesos, que el pasado 27 de febrero entregó Layón a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal. La diferencia entre la unidad blindada que ocupa y estos vehículos oficiales para el “cuidado” de los texmeluquenses es de 280 por ciento.
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Norma Layón logró la reelección en 2021
A pesar del aumento de la incidencia delictiva, los habitantes votaron por la reelección de la morenista el año pasado. El 15 de octubre de 2021 rindió protesta en su segundo periodo como alcaldesa (2021-2024).
En al menos siete ocasiones, la alcaldesa no ha transparentado su declaración patrimonial desde 2018. En la revisión realizada al PNT, solo en una ocasión tuvo la intención de mostrar cuáles eran sus propiedades, vehículos, cuentas de banco y deudas; sin embargo, tras realizar el llenado de su información, nunca se cargó el enlace para consultarlo.
Mientras tanto, la contralora municipal Elizabeth Olivera se ha quedado no ha iniciado ningún procedimiento por esta falta administrativa que, según marca la ley, se puede sancionar en caso de reincidencia hasta con la destitución del cargo.
¿Qué es la declaración patrimonial?
Es la manifestación que realiza un servidor público de los bienes con los que cuenta, a fin de verificar su evolución y congruencia entre los ingresos y egresos.
De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el articulo 33 establece que la declaración de situación patrimonial deberá presentarse en los siguientes plazos:
- Declaración inicial, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del: ingreso al servicio público por primera vez; y al reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo.
- Declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año.
- Declaración de conclusión del encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la
conclusión.
En caso de incumplir con estas medidas, al tratarse de una ‘falta no grave’, el servidor publico se puede hacer acreedor a una amonestación pública o privada; suspensión del cargo; la destitución o la inhabilitación temporal para desempeñar cargos en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.