Los bares y antros de Puebla capital y la zona conurbada vuelven a estar en la mira tras el multihomicidio de Gisel, Joaquín y Emmanuel en en Sala de Despecho, hecho que ocurrió a la 1:56 horas de la madrugada del Día del Amor y la Amistad.
El ataque ocurrió prácticamente dentro del horario límite permitido para estos establecimientos, ya que la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla establece restricciones claras sobre la operación nocturna.
De acuerdo con la normativa vigente, los bares y antros deben suspender la venta de bebidas alcohólicas a las 2:00 horas y cerrar completamente sus puertas a las 2:30 horas, sin permitir la permanencia ni el ingreso de clientes después de ese horario.
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Esta disposición forma parte de una iniciativa enviada por el gobernador Sergio Salomón Céspedes y aprobada por el Congreso del Estado, la cual entró en vigor en julio de 2024 como parte de una estrategia para fortalecer el orden y la seguridad en centros nocturnos.
El plan no solo contempla la reducción de horarios, sino también la implementación de medidas obligatorias en materia de seguridad, vigilancia y control dentro de estos establecimientos.
Bares y antros otra vez en la mira: horarios obligatorios y restricciones
La ley establece que ningún bar, antro o centro nocturno puede operar, permanecer abierto o permitir la presencia de personas después de las 2:30 de la madrugada.
Además, queda estrictamente prohibida la venta, distribución o suministro de bebidas alcohólicas después de las 2:00 horas.
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También prohíbe la venta de alcohol a menores de edad, personas con discapacidad mental, elementos de seguridad pública uniformados o personas en evidente estado de ebriedad.
Estas disposiciones buscan reducir riesgos asociados al consumo excesivo de alcohol y prevenir situaciones de violencia o accidentes durante la madrugada.
Seguridad privada obligatoria
Otro de los requisitos es que los establecimientos deben contratar empresas de seguridad privada que cuenten con autorización vigente en el estado de Puebla.
Los negocios están obligados a exhibir el contrato original de prestación de servicios, así como la validación emitida por la Dirección General de Seguridad Privada, conforme a la legislación estatal.
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Esta medida busca garantizar que el personal encargado de la seguridad esté debidamente capacitado y certificado para actuar ante cualquier situación de riesgo.
Bares y antros otra vez en la mira: videovigilancia permanente
La normativa también obliga a los centros nocturnos a contar con sistemas de videovigilancia mediante circuito cerrado de televisión.
Las cámaras deben cubrir tanto el interior como el exterior de los establecimientos, evitando puntos ciegos, y las grabaciones deben conservarse por un mínimo de 30 días naturales.
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Este sistema permite que las autoridades puedan revisar los registros en caso de incidentes, facilitando investigaciones y deslinde de responsabilidades.
Tras el multihomicidio ocurrido en la zona de Angelópolis, el cumplimiento de estas medidas vuelve a ser objeto de atención, en medio de cuestionamientos sobre si los establecimientos nocturnos están respetando plenamente las disposiciones vigentes.





