Para los 217 municipios de Puebla, el programa de Obra Comunitaria ‘Por Amor a Puebla’ es uno principales que impulsará el gobernador Alejandro Armenta en su primer año de gobierno.
Este 29 de enero publicaron las reglas de operación del programa de Obra Comunitaria en el Periódico Oficial del Estado (POE), en las que se establecen los requisitos y criterios mínimos que deben cumplir los beneficiarios.
El área clave del programa es la Secretaría del Bienestar, cuyo titular es Javier Aquino Limón, la cual se encargará de elegir los proyectos que se llevarán a cabo.
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Cabe señalar que el gobernador Alejandro Armenta destinó mil millones de esos para el programa de Obra Comunitaria ‘Por Amor a Puebla’, tan solo para este 2025, el primer año de su administración.
Sumado a esto, el gobierno colocará 15 módulos de maquinaria en diferentes puntos del estado, los cuales se usarán para la obra. Esto con una inversión superior a los 600 millones de pesos.

¿Qué requisitos se deben cumplir para el programa Obra Comunitaria ‘Por Amor a Puebla’?
Para tener acceso a los beneficios del programa de Obra Comunitaria, o ser elegible para el mismo, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
—Haber conformado un Comité para el Bienestar (COBI).
Estos se hacen mediante asamblea general para fomentar la participación comunitaria a través del asambleísmo, las jornadas, tequios, faenas y mayordomías.
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—Contar con la integración de la Mesa Directiva.
Es el órgano de representación de los COBI encargado de la gestión, presupuesto participativo, control y vigilancia social y transparencia en el proceso.
Deberá conformarse en asamblea comunitaria y lo integrarán un presidente, secretarío, tesorero, vocal de Control y Vigilancia Comunitaria y vocal de Seguimiento.
—Acta de asamblea donde conste el proyecto solicitado por la comunidad.
—Expediente técnico correctamente integrado, el cual dará soporte a la ejecución del proyecto.
Si la obra requiere una especialización técnica, la Comisión Intersecretarial para el Bienestar hará el dictamen correspondiente, con la posibilidad de que el sea al presupuesto de Bienestar.
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¿Qué creiterios deben cumplir los proyectos del programa de Obra Comunitaria?
No todos los proyectos en el programa de Obra Comunitaria los seleccionarán, ya que tiene que comprobarse su beneficio para la comunidad mediante estos criterios:
—Que contribuyan a generar beneficios sociales y desarrollo en zonas rurales y urbanas, según determine de la Secretaría de Bienestar con base en los resultados para la mitigación en materia de pobreza, marginación y rezago social.
—Que los proyectos eleven los servicios de infraestructura básica de agua, alcantarillado, saneamiento, caminos, electrificación, vivienda, educación, entre otros.
—Que entre en la disponibilidad presupuestaria de la Secretaría del Bienestar.
—Que favorezcan la participación de las diferentes culturas presentes en la entidad, con criterios de inclusión, no discriminatorio y respeto a los derechos humanos.
—Que los proyectos comunitarios se encuentren en el Catálogo de proyectos del Programa.
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No serán elegibles las propuestas que:
—No cumpla con los requisitos antes señalados.
—No cubra los criterios de elegibilidad.
—Hayan falsificado información o documentos para obtener los beneficios.
Por estas causas pueden cancelar los apoyos del programa
Si el proyecto de un COBI lo aprueban y se le asigna presupuesto, este lo cancelarían o suspenden si incurre en alguna de las siguientes faltas:
—Utiliza los recursos para fines distintos a los aprobados.
—No entregar la documentación que solicite la Secretaría de Bienestar para fines administrativos, comprobatorios y de control.
—Entregar documentación falsa o apócrifa en cualquier etapa.
—Cuando la Secretaría de Bienestar detecte y haga constar el mal uso del apoyo para el proyecto.





