Desde que entró en vigor la Ley Antitabaco, en Puebla se han aplicado ocho sanciones a ocho establecimientos por violar las nuevas normas.
Así lo manifestó el secretario de Salud, José Antonio Martínez García en entrevista, después de acompañar al gobernador del estado Sergio Salomón Céspedes Peregrina y al secretario de Gobernación, Julio Huerta Gómez en el anuncio del decreto que elimina la obligatoriedad del uso del cubrebocas en espacios cerrados.
El secretario estatal informó que a un mes de entrar en vigor las nuevas disposiciones del nuevo reglamento para la Ley General de Control de Tabaco, mejor conocida como la Ley Antitabaco, la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios (Dpris) ha impuesto un total de ocho sanciones.
Aunque no se especificó en contra de cuáles establecimientos se impusieron estas multas, Martínez García refirió que siete de ellas fueron en la capital y una más al interior del estado.
“Los visitadores de la Dpris no les pueden cobrar ni un solo peso, es un fraude si lo hacen, por favor, nos avisan de inmediato, no pueden cobrar ni un peso”, dijo el secretario de Salud.
Asimismo, destacó que son al menos 186 visitadores dentro de las 10 jurisdicciones, los encargados de realizar las inspecciones en la entidad poblana.
¿En qué consiste la nueva Ley Antitabaco?
Fue el pasado domingo 15 de enero del 2023 que entró en vigor el nuevo reglamento, en el que se estipula:
- Se prohibe realizar publicidad por cualquier medio de comunicación, incluidos los anuncios en Internet y a través de redes sociales, además del cine, la televisión y el teatro.
- Las cajetillas de cigarros no pueden ser exhibidas a clientes en supermercados, tiendas de conveniencia y cualquier sitio que venda tabaco.
- Tampoco está permitido mostrar el logotipo, eslogan o los arreglos gráficos de las distintas marcas de cigarros.
- Se prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte.
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La multa por fumar en lugares estrictamente prohibidos van desde los 60 mil pesos hasta medio millón de pesos, mientras que los establecimientos que permitan a sus clientes fumar al interior de sus instalaciones también recibirán una infracción la cual va desde la clausura de sus negocios hasta la cancelación de su licencia sanitaria.