¿Iniciarás el 2026 trabajando y tienes dudas sobre el pago que te corresponde para esa jornada o si es que es obligatorio que acudas a tu centro laboral? Toma nota de las especificaciones de la Ley Federal del Trabajo para el primero de enero.
De acuerdo con dicha ley, el día primer de enero está considerado como una jornada de descanso obligatorio.
Esto implica que debes de tener el día libre con goce de sueldo; sin embargo, sí es posible que tu empleador te solicite trabajar bajo ciertas circunstancias.
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De requerir que trabajes, tu empleador deberá notificarte con previo aviso, es decir, no puede solicitarlo el mismo día ni de manera sorpresiva.
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¿Qué pasa si acepte trabajar el primero de enero de 2026?

De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, si acordaste con tu patrón laborar el primero de enero tienes la obligación de prestar los servicios.
Pero también tienes derecho a que se te pague debidamente, independiente del sueldo que te corresponda por el descanso obligatorio, deberás de recibir un salario doble por el servicio prestado.
Esto quiere decir que la jornada del primero de enero deberá reflejarse como un pago triple (ya total sumado con tu sueldo regular) en tu nómina quincenal, semanal o cual sea tu tipo de pago.
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El próximo día de descanso obligatorio para los trabajadores es el primer lunes de febrero en conmemoración del aniversario de la Constitución Mexicana el cinco de febrero y el tercer lunes de marzo en adelanto a la celebración del natalicio de Benito Juárez.
Así como el primero de mayo, Día del Trabajo.





