Aunque durante meses se ha sugerido a los contribuyentes no utilizar ciertas palabras en los conceptos de las transferencias bancarias, desde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se informó que ya va por la revisión de cuentas y hasta puede congelarlas si se incurre en malas prácticas.
Fue oficialmente en septiembre de 2025 que el SAT publicó el listado de palabras prohibidas para las transferencias bancarias.
Pero en marzo de este 2026 comenzó el proceso de revisión de cuentas bancarias que reinciden en su uso.
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La revisión es parte de las medidas aplicadas por el SAT en los últimos meses para monitorear el ingreso de dinero no reportado en las cuentas de los contribuyentes, como el ajuste del monto en las transferencias.

¿Cuáles son las palabras prohibidas por el SAT en las transferencias bancarias?
Las palabras prohibidas por el SAT en los conceptos de las transferencias bancarias se relacionan con actividades ilícitas o ilegales y son: drogas, armas, robo, fraude y lavado.
De acuerdo con la información del SAT, estas palabras se utilizan por los usuarios principalmente como bromas, pero, en automático, su uso ya convierte al contribuyente en objeto de revisión.
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Esto para descartar que en realidad esté relacionado con alguna actividad fuera de la ley.
Las sanciones que derivan de esta revisión son la suspensión temporal y hasta permanente de tu cuenta bancaria, revisión administrativa con posibles sanciones económicas y que congelen tus cuentas bancarias.
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Además de las palabras prohibidas, el SAT advierte que también pueden ser objeto de revisión las transferencias cuyos conceptos hagan bromas, utilicen apodos y mensajes sin contexto.





