¿Organizas o juegas tandas? Esto te interesa, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá poner bajo la lupa estos esquemas de ahorro informal en ciertas circunstancias a paror de este 2026.
En general, el SAT observará con mayor interés las transferencias o depósitos bancarios irregulares o no declarados.
Por ello, existe la preocupación para quienes tienen tandas sobre si éstas pueden traerles sanciones o problemas con la autoridad fiscal.
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Y es que las tandas no tienen un sustento ante las instituciones bancarias pues son ahorros informales que no tienen respaldo documental, lo que las puede hacer ver como ingresos no declarados o movimientos irregulares.
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Pero no te preocupes, si la tanda que recibes no excede los 15 mil pesos mensuales en una sola exhibición, no será objeto de interés del SAT.
Y es que precisamente las transferencias que exceden ese monto (15 mil pesos) son las que pueden generarle ruido a este organismo.
Si tú recibes o haces depósitos asociados a tandas que superan ese monto y no tienes forma de justificar su origen, eso puede activar una revisión por parte del SAT.
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Por ello, se recomienda que se conserven los registros de los depósitos, declarar ante la autoridad fiscal tus ingresos adicionales y consultar a tu contador para estar corriente con tus obligaciones tributarias.
No hay una ley específica que prohíba las tandas ni una sanción para ellas, pero el SAT se encuentra fortaleciendo la vigilancia y los movimientos financieros que se registran con más detalle ante la digitalización y las facultades ampliadas de la autoridad.





