Anuncio - CGCYAD -1_980x150 CGCYAD (1)
1 Somos manada
Publicado enNacional

¿Falleció un familiar? Esto debes hacer ante el SAT tras la muerte de un ser querido

Así como se hacen otros trámites ante el banco, seguros de vida y otros sitios, también ante el SAT debes acudir.
¿Falleció un familiar? Esto debes hacer ante el SAT tras la muerte de un ser querido
Instalaciones del SAT, lápida con flores y un moño negro. Créditos: Diseño MTP Noticias

¿Sabías que las personas fallecidas siguen teniendo obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)? Esto solamente si no se notifica sobre su deceso.

Esto implica que es obligatorio dar de baja a los fallecidos del SAT, especialmente para cancelar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Esto los exhumé de generar multas fiscales, que sus familiares no hereden problemas ante el SAT y que incluso sus herederos logren acceder a saldos a favor que tenga el difunto.

Lee: ¿A quiénes congelará cuentas el SAT y a partir de cuándo?

De acuerdo con información del SAT, cualquier familiar o persona interesada puede dar de baja a algún fallecido del SAT.

¿A quiénes congelará cuentas el SAT y a partir de cuándo?
De fondo, fachada del SAT y al frente, unas manos utilizando un celular Créditos: Especial

¿Qué pasa si no se da de baja a un fallecido ante el SAT?

Si la persona fallecida no es dada de baja puede generar multas ante el SAT por concepto de adeudos en sus declaraciones u otras obligaciones tributarias, que alcanzan multas de hasta nueve mil pesos y cuyos recibos seguirán llegando al domicilio familiar.

Recomendamos: Portarán armas funcionarios de la CFE, Pemex y SAT, ¿cuándo?

También, sus saldos a favor de declaraciones fiscales anteriores terminarán congelados por no cobrarse.

Por ello, se pide que así como se hacen otros trámites ante el banco, seguros de vida y otros sitios para dar de baja a una persona que murió, se haga lo mismo ante el SAT.

Puedes leer: Pensión Mujeres Bienestar: te puedes registrar en esta fecha si tienes 60 años

¿Cuáles son los requisitos para dar de baja a alguien ante el SAT?

En el entendido de que cualquier persona ya sea familiar o no del fallecido puede darlo de baja del SAT, los requisitos para realizar este trámite son:

—Acta de defunción (copia certificada y simple).

—Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC (dos copias).

—Identificación oficial de quien hace el trámite.

Este triste debe realizarse en mes siguiente al fallecimiento en las oficinas del SAT, con cita previa.

Etiquetado:
Julieta Cerezo

Julieta Cerezo

Reportera con experiencia en medios de comunicación desde el año 2009. Ha sido editora y coordinadora de información.