El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió que haya emprendido una serie de revisiones en operativos en contra de los contribuyentes del país para multar ante posibles omisiones.
En una tarjeta informativa, el SAT rechazó categóricamente cualquier intento por “infundir miedo en las y los contribuyentes y promover una imagen de terrorismo fiscal” en México.
Mucho menos contra personas asalariadas, trabajadores por honorarios, arrendadores, jubilados, así como contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) o personas morales.
Te recomendamos: Portarán armas funcionarios de la CFE, Pemex y SAT, ¿cuándo?
Además, la autoridad fiscal aclaró que las personas jubiladas y pensionadas no forman parte de los sectores bajo revisión prioritaria, por lo que únicamente en circunstancias excepcionales podrían recibir alguna verificación.
En caso de que se realice una visita, esta tiene como finalidad verificar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales y debe llevarse a cabo respetando los derechos de las personas contribuyentes.
En estos casos, el SAT hace revisiones en operativos a casas ¿Cuándo?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con la facultad legal para realizar visitas domiciliarias a los contribuyentes.
Las intervenciones se realizarán en relación con el Código Fiscal de la Federación.
Las visitas domiciliarias son para verificar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.
También lee: ¿Tienes saldo a favor en el SAT? Este es el trámite para que te lo regresen
Los casos a revisión son:
-Expedición de comprobantes fiscales
–Registros electrónicos
–Documentos oficiales
–En negocios: comprobantes de pagos, tenencia, importación, entre otros
Durante las visitas de funcionarios del SAT, se podrá requerir de cualquier tipo de información fiscal de los contribuyentes.





