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Tres años de cárcel contra quien cometa espionaje digital en Puebla

Se considera en Puebla como espionaje digital a quien use un dispositivo o internet para obtener cualquier tipo de información personal.
Tres años de cárcel contra quien cometa espionaje digital en Puebla
Manos con celulares y laptops/ a la derecha persona encarcelada. Créditos: Especial

Tres años de cárcel y una multa de hasta 28 mil 200 pesos son las sanciones para quien cometa espionaje digital en Puebla.

El Congreso de Puebla, a propuesta del ex legislador, hoy coordinador de gabinete, José Luis García, aprobó integrar el delito de espionaje al Código Penal del Estado de Puebla.

Es una medida para evitar que las personas accedan a un equipo personal sin la autorización personal, para obtener de manera ilegal datos o cualquier tipo de información particular.

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A nivel nacional, el espionaje cibernético se castiga en el Código Penal Federal. La ley prohíbe, entre otros puntos, entrar sin permiso a sistemas informáticos, revelar “secretos” y espiar comunicaciones privadas.

Tres años de cárcel contra contra quien cometa espionaje digital en Puebla
Candado de combinación y computadora Créditos: Pixabay

Por ejemplo, se castiga a quien entra o copia información de las computadoras o sistemas protegidos sin tener permiso.

Las multas y el tiempo en prisión varían según el tipo de información (considerando en algunos casos el gobierno) y si se usa para beneficio propio o de otros.

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Las sanciones van desde tres meses hasta un año de cárcel. Pero sí la persona que comete el delito trabaja en una institución financiera o usa la información para su propio provecho, las penas pueden ser mayores.

Tres años de cárcel contra quien cometa espionaje digital: ¿qué dice la ley en Puebla?

En Puebla se define que alguien comete espionaje digital si usa computadoras o internet para entrar a un dispositivo o sistema sin permiso, con el fin de ver o robar datos, información o documentos personales.

La adición al artículo 479 señala:

“Comete el delito de espionaje digital la persona que, a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación, acceda a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legítimo titular o propietario a efecto de conocer u obtener sus datos o cualquier tipo de información o documentos personales”.

También destaca que la sanción corresponde de uno a tres años de prisión y una multa de 50 a 250 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; es decir, de 5 mil 657 a 28 mil 285 pesos.

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El 12 de junio de 2025 diputados del Congreso de Puebla aprobaron este dictamen, con una serie de reformas en materia de ciberseguridad, con otros delitos como el ciberasedio. Para que sea ley, la iniciativa deberá ser publicada en el Periódico Oficial del Estado (POE).

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Karen Meza

Licenciada en Comunicación por la Escuela de Comunicación y Ciencias Humanas. Con experiencia en medios de comunicación desde 2013 como reportera de temas sociales, educativos, municipales y de seguridad...