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Serán objetos de juicio político jueces y magistrados electos en Puebla en 2027 

Los jueces y magistrados que sean votados en 2027 serán objetos de juicio político; se aprobó en el Congreso local.
Serán objetos de juicio político jueces y magistrados electos en Puebla en 2027
Instalaciones del Poder Judicial del Estado de Puebla Créditos: Especial

Los jueces y magistrados en Puebla serán electos por voto popular a partir de 2027, pero no solo eso, sino que también serán objeto de juicio político, así quedó aprobado en comisiones del Congreso

Este 13 de marzo, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Legislativo local, dictaminó el paquete de iniciativas para reformar el Poder Judicial del Estado

La votación final fue de tres a favor y dos en contra, estos últimos de Fedrha Suriano, de Movimiento Ciudadano; y Susana Riestra, del PAN. 

La Comisión aprobó las reformas al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como a la ‘Ley Orgánica de la Administración Pública’ y la ‘Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos’. 

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Con esto, queda establecido que los poblanos elegirán a los integrantes del Poder Judicial el seis de junio de 2027. 

En total, serán 187 cargos divididos de la siguiente manera: 

—150 jueces del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) 

—32 magistraturas del TSJ 

—Cinco magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial 

Fachada del Poder Judicial de Puebla. Créditos: Especial

Los candidatos tendrán un período de campaña de 60 días, mismos que finalizarán tres días antes de la jornada electoral.  

No obstante, ninguno de ellos podrá hacer uso de recursos públicos o privados para promocionar su imagen y tampoco podrán pagar a medios de comunicación o a empresas de publicidad para darse a conocer. 

Jueces serán electos por voto popular en Puebla; también habrá juicio político contra ellos 

Dentro de las modificaciones a la ‘Ley de Responsabilidades’ se establece que los jueces que resulten electos por el voto de la gente serán sujetos a juicio político si incurren en una falta grave. 

La ley actual señala en el artículo tres que los encargados de aplicarla son el Congreso, la Secretaría de la Función Pública (ahora Anticorrupción y Buen Gobierno), tribunales de trabajo, Ayuntamientos y el TSJ. 

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La reforma ya aprobada señala que el único ente que la podrá aplicar es el Congreso, así como otros órganos que autorice la ley. 

Además, también amplía los servidores públicos que serán sujetos de juicio político en Puebla

Actualmente, son el titular del Ejecutivo, diputados, auditor superior y los magistrados del TSJ y los del Tribunal de Justicia Administrativa y del Órgano de Administración Judicial. 

Ahora, se agregan al artículo seis los jueces en primera instancia, que son: 

—De lo civil 

—Oralidad civil 

—Mercantiles 

—De lo familiar 

—Oralidad familiar 

—Penales 

—Los de oralidad penal, ya sea de Control o de Tribunal de Enjuiciamiento y los de Ejecución de Sanciones 

—Los especializados en justicia para adolescentes 

—Los de los Tribunales Laborales 

—Los especializados 

—Los de exhortos

—Los supernumerarios 

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Cuando haya una denuncia ante la Secretaría General del Congreso y se ratifique en tres días naturales, se turnará a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, la cual determinará lo siguiente: 

—Si la conducta es grave 

—Si el inculpado está entre los enlistados del artículo seis de la ley 

La reforma pasará al Pleno para su aprobación el próximo 15 de marzo de 2026, último día de sesiones. 

Jesús Tepal

Jesús Tepal

Reportero poblano. Egresado de la Facultad de Comunicación de la BUAP. Con experiencia en medios digitales, interesado en el periodismo de investigación y la divulgación científica.