Aunque el año está a punto de terminar, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó para atrás los cobros abusivos por reproducción de información pública en las leyes de ingresos de 30 municipios de Puebla.
En sesión de pleno de este 10 de noviembre, el máximo tribunal del país resolvió la acción de inconstitucionalidad 9/2025 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
La Comisión, encabezada por Rosario Ibarra, impugnó las leyes de ingresos de 2025 de 30 municipios, en las que establecían cobros excesivos e injustificados por la reproducción de información.
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En específico, los Ayuntamientos no sustentaron el cobro por la digitalización de documentos, búsqueda de información y reproducción de información en copias simples y certificadas.
Los municipios que se excedieron son:
—General Felipe Ángeles.
—Guadalupe.
—Guadalupe Victoria.
—Hermenegildo Galeana.
—Honey.
—Huaquechula.
—Huatlatlauca.
—Huehuetla.
—Huehuetlán el Chico.
—Huehuetlán el Grande.
—Hueyapan.
—Hueytamalco.
—Hueytlalpan.
—Huitzilan de Serdán.
—Huitziltepec.
—Ixcamilpa de Guerrero.
—Ixcaquixtla.
—Ixtacamaxtitlán.
—Ixtepec.
—Jalpan.
—Jolalpan.
—Jonotla.
—Jopala.
—Juan C. Bonilla.
—Juan Galindo.
—Juan N. Méndez.
—Lafragua.
—La Magdalena Tlatlauquitepec.
—Los Reyes de Juárez.
—Mazapiltepec de Juárez.
Si bien las leyes de ingresos son municipales, estas pasaron por el Congreso de Puebla y fueron analizadas antes de entrar en vigor.
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SCJN echa atrás cobros abusivos en estos 30 municipios de Puebla; violan derecho a información y gratuidad
El proyecto fue presentado por la ministra María Estela Ríos, quien pretendía dejar firmes los cobros de copias certificadas de los municipios que establecían montos menores a los federales.
No obstante, el resto de los ministros consideraron que no había sustento para los cobros y estos fueron establecidos de manera arbitraria.
En lo anterior, coincidieron la ministra Loretta Ortiz y el ministro Giovanni Azael Figueroa.
Este último afirmó que las leyes de ingresos se contraponen al principio de gratuidad en el acceso a la información.
Su anulación ocurrirá en cuanto la SCJN notifique al Congreso local y la sentencia se publique en el Periódico Oficial del Estado (POE).
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Cabe recordar que el Legislativo local discutirá nuevamente las leyes municipales, para lo cual los legisladores fueron exhortados a no repetir estos errores.





