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Sanción a quien venda ganado enfermo o con plaga, proponen con ‘Ley Pecuaria’ en Puebla

La multa para quien venda ganado enfermo, propuesta en el Congreso de Puebla, podría pasar de los 25 mil pesos.
Sanción a quien venda ganado enfermo o con plaga, proponen con 'Ley Pecuaria' en Puebla
Vaca enferma en campo abierto Créditos: Pixabay

Tras la confirmación de la presencia del gusano barrenador en Puebla, en el Congreso propusieron la creación de la ‘Ley de Fomento, Sanidad y Desarrollo Pecuario’, con la que sancionarán a quienes vendan ganado enfermo.

En la sesión ordinaria de este dos de octubre, los diputados que integran la Comisión de Desarrollo Rural presentaron la propuesta para la creación de dicha ley.

De acuerdo con el diputado Pavel Gaspar, de Morena, está tiene como finalidad brindar herramientas y normas a los productores del estado.

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El objetivo es que los ganaderos y demás productores aumenten su productividad, tengan un trabajo más profesional, sustentable y con mejores condiciones de sanidad.

“Aprobar esta ley es apostar por la seguridad alimentaria de Puebla, invertir en nuestro desarrollo rural y, sobretodo, rendir un homenaje a la gente que sustenta esta gran actividad”.

Sanción a quien venda ganado enfermo o con plaga, proponen con 'Ley Pecuaria'
Ganado pastando al aire libre Créditos: Pixabay

Proponen sanción a quien venda ganado con plaga: en esto consiste la ‘Ley Pecuaria’ de Puebla

Se trata de una norma que consta de 324 artículos y tiene como dependencia principal a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADR) que actualmente encabeza Ana Laura Altamirano.

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En el Título Cuarto, el capítulo primero establece los lineamientos para la prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades en el sector pecuario.

El artículo 112 señala que la SADR puede implementar todas las acciones necesarias para prevenir y controlar enfermedades o plagas, mientras que los productores están obligados a reportar cualquier anomalía que ponga en riesgo la sanidad pecuaria.

El 113 señala que la Secretaría está facultada para establecer puntos de control en caminos y carreteras, así como vigilar las fronteras de Puebla con otros estados para evitar la entrada de ganado ilegal.

Queda prohibida la comercialización y movilización de ejemplares que tengan algún brote de enfermedades o plagas que afecten la sanidad del ganado, según el artículo 114.

Quien compre, venda, traslade, ordene o permita que sea movilizado ganado enfermo, o realice la movilización con productos, subproductos o restos, será sancionado administrativamente por la SADR.

Las sanciones en caso de violar el artículo 114 incluyen una multa de 250 a 500 veces el valor de la UMA; es decir, de 28 mil 285 a 56 mil 570 pesos.

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Lo anterior, independientemente de las penas que correspondan por los delitos o las responsabilidades civiles.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Desarrollo Rural del Congreso, presidida por Pavel Gaspar.

Jesús Tepal

Jesús Tepal

Reportero poblano. Egresado de la Facultad de Comunicación de la BUAP. Con experiencia en medios digitales, interesado en el periodismo de investigación y la divulgación científica.