Tras la muerte de Elena Larrea, activista defensora de los animales, entró en vigor en Puebla reformas a la Ley de Bienestar Animal , en la que se endurecen penas y se tipifica la zoofilia como un delito.
La tarde de este jueves 21 de marzo, se publicó en el Periódico Oficial del Estado (POE) los cambios concretados a esta ley así como en la Ley Orgánica Municipal y del Código Penal del estado.
Fue el 15 de febrero de este 2024 cuando con 35 votos a favor, legisladores avalaron castigar con hasta cuatro años de prisión a quien viole a un animal en la entidad, además de sancionar otras conductas contra los animales y obligar a los municipios a contar con un Centro de Bienestar Animal.
El tema de la zoofilia se puso sobre la mesa después de que en junio de 2023, un adolescente fue acusado de haber abusado sexualmente de una perrita llamada Muñeca en el municipio de Atlixco.
Sin embargo, no fue hasta que Elena Larrea se manifestó frente al Congreso local en febrero pasado como una forma de presionar para que los diputados avanzaran en la discusión del tema.
Eso, debido a que ella estaba indignada por el caso de Mila, una yegua que rescató con el apoyo de la Secretaría de Medio Ambiente estatal en enero de este año, potranca que era maltratada y también fue abusada sexualmente.
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La última aparición de Elena Larrea el 18 de enero cuando junto con otros animalistas se manifestó frente el Poder Legislativo para exigir que se tipificará ya el delito de zoofilia, la cual la avalaron días después.
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¿En qué consisten las reformas a la Ley de Bienestar Animal que entran en vigor en Puebla?
Poco más de un mes después de quedar aprobadas, entran en vigor las reformas tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Tras la muerte de Elena, activistas presionaron a través de redes sociales para que se publicara y fuera bautizada como #LeyElena.
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Además del castigo a la zoofilia, esta ley contempla penas en caso de:
- Se aumenta a diez meses más de prisión contra quien maltrate cualquier animal que llegue a morir.
- Se impondrán de cinco a ocho años de prisión y multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización vigente al momento que se cometa el delito.
- Se establece como agravante si además de realizar los actos de maltrato, crueldad o actos sexuales en contra de cualquier animal, el sujeto activo los capta en imágenes, fotografíaso videograbación para hacerlos públicos por cualquier medio, además si es funcionario público.
- Se incrementa la sanción de dos a cinco años a la persona que organice, promueva, difundao realice una o varias peleas de perros, con o sin apuestas, o las permita en su propiedad.
- Se sancionará de diez meses a dos años de prisión a quien abandone su animal de compañía como gatos o perros.