Mexicanos, mayores de 30 años y con una antigüedad mínima de cinco años en la expedición de su título en Derecho, forman parte de los requisitos que establece la nueva Ley de Carrera Judicial del Estado de Puebla para entrar a trabajar al Poder Judicial, de acuerdo con la iniciativa presentada por el gobernador Sergio Salomón Céspedes al Congreso local.
Esta es una de las cuatro leyes secundarias que estaban pendientes para fortalecer la reforma al Poder Judicial que aprobaron por unanimidad los legisladores locales el 6 de octubre del 2022, a propuesta del fallecido mandatario, Miguel Barbosa Huerta.
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Se trata de la Ley Reglamentaria de los Medios de Defensa; la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias; la Ley Orgánica de la Defensa Pública y la Ley de Carrera Judicial, las cuales ingresaron este 23 de febrero a través de oficios enviados por la Secretaría de Gobernación a la Mesa Directiva del Congreso.
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Desde la promulgación de la reforma constitucional, el titular del Poder Ejecutivo contaba con un plazo de 120 días para remitir estas leyes secundarias, que consisten en las reglas de reestructura del sistema judicial de Puebla, pero llegaron dos días después de vencido el plazo, debido a que en ese lapso, falleció el autor de la reforma, Miguel Barbosa Huerta, y Sergio Salomón llegó a darle continuidad.
¿En qué consiste la Ley de la Carrera Judicial en Puebla?
Esta ley se encarga de establecer las reglas, bases y procedimientos para el desarrollo de la carrera judicial en el Poder Judicial de Puebla.
De acuerdo con el documento en poder de MTP Noticias, será el Consejo de la Judicatura, que encabeza Carlos Palafox, el encargado de la dirección, administración, vigilancia, evaluación del desempeño y disciplina de todo el personal de este poder.
Dentro de la iniciativa se contempla que cualquier persona que cumpla con los requisitos puede conformar el Poder Judicial. Sin embargo, existen dos tipos de convocatorias: una abierta al público general y otra cerrada, exclusiva para integrantes de este poder.
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¿Cuáles son los requisitos que contempla la Ley de Carrera Judicial?
• Tener nacionalidad mexicana.
• Tener título de licenciatura en Derecho o su equivalente, expedido con cinco años de antigüedad.
• Ser mayor de 30 años.
• Recibir nombramiento mediante cursos y/o concursos, según corresponda, en los términos que para cada uno de ellos se establezcan en esta Ley y en los acuerdos generales del Consejo.