La propuesta de la Comisión de Derechos Humanos en Puebla, en revivir la ‘Ley Bala’ impulsada durante el Morenovallismo, para actuar en los casos de linchamiento, ha causado polémica.
Organizaciones ciudadanas han alzado la voz para calificar la propuesta de la CDH que encabeza, José Félix Cerezo Vélez, como un retroceso en seguridad y derechos humanos.
Pues debido a esta normativa el nueve de julio de 2014, pobladores de San Bernardino Chalchihuapan se manifestaron y bloquearon la autopista Puebla-Atlixco, ante esto la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) envió granaderos, quienes utilizaron lacrimógeno y balas de goma.
Una de estas balas impacto en la cara del niño José Luis Tamayo quien resultó lesionado y después de estar hospitalizado por 10 días, perdió la vida, ante esto la Ley Bala fue derogada en septiembre de 2018.
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Ley Bala: en esto consiste
Fue el 19 de mayo de 2014 cuando el entonces gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, impulsó la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla.
En términos generales, esta ley establecía el uso legítimo de la fuerza que podrían aplicar los elementos de la policía, dependiendo el caso y el método que podían implementar.
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De acuerdo a esta ley, se establecían cinco momentos en donde los policías podían implementar fuerza y son los siguientes:
-Someter a la persona que se resista a la detención ordenada por una autoridad competente o por haber infringido alguna ley o reglamento.
-Por el cumplimiento de un deber o las ordenes lícitas giradas por alguna autoridad competente
-Para prevenir la comisión de conductas ilícitas
-Con el fin de proteger o defender bienes jurídicos tutelados
-Legítima defensa
¿Qué acciones podían implementar los policías?
En este punto se tenían tres niveles en el que se podía aplicar el uso de la fuerza, dependiendo del acontecimiento y son los siguientes:
-El primer nivel consiste en la persuasión o disuasión verbal, utilizando gesticulaciones, instrucciones, advertencias y órdenes verbales modulada que permitan a la policía cumplir con sus funciones.
-Para el segundo nivel se escala al sometimiento para que se limiten los movimientos de una persona y la policía cumpla con sus funciones
-El tercer nivel ya considera utilizar armas incapacitantes no letales, para someter la resistencia violenta del agresor
Como armas no letales, se consideraban a los bastones policiales, agentes químicos irritantes, dispositivos eléctricos de control y armas o pistolas noqueadoras o incapacitantes.
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¿Qué dice el gobernador Sergio Salomón al respecto?
La mañana de este jueves 27 de julio, fue cuestionado si era incongruente que la CDH reviviera este tema, a lo que respondió que no, pues esta ley lo que buscaba era delimitar hasta donde podían llegar las fuerzas policiales.
“No tiene incongruencia, al contrario, creo que es necesario que haya un marco legal en donde los policías, las fuerzas armadas sepan hasta donde pueden llegar y donde no pueden llegar, de eso se trata el tema de la ley que regula el uso de la fuerza”, consideró.
Asimismo, señaló que la ley que realizó la Federación es muy similar a la que había en Puebla, por lo que hizo la recomendación a los diputados, que en caso de analizarla solo homologuen la que hay en la Federación.
“La Federación arma una ley muy similar, que si la revisamos a detalle tendrá cambios de palabras pero que tiene el mismo origen, y hoy en Puebla no se tiene, creo que es un tema que en su momento tendrán que analizar los diputados locales, en dónde para no meterse en muchas honduras (sic), valdría la pena u a homologación”, expuso.
Asimismo, hizo un llamado a la ciudadanía para que no tome justicia por su propia mano y dejen a las autoridades que procedan.