Tras los casos de abuso sexual donde las víctimas iban a una entrevista de trabajo, en el Congreso de Puebla proponen hasta 10 años de cárcel para quienes publiquen ofertas de empleo falsas en redes sociales.
En la sesión ordinaria del pasado 15 de julio, la diputada Celia Bonaga, del PAN, propuso adicionar el artículo 481 al Código Penal del Estado en materia de ciberdelitos.
La iniciativa de la panista pretende sancionar la publicación dolosa de contenido engañoso que lleve a la comisión de delitos sexuales, corrupción de menores o trata de personas.
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Esta se da luego de que, en abril, se dio a conocer el caso de una joven que acudió a una entrevista de trabajo acordada por una oferta que vio en redes sociales.
Al acudir al Walmart ubicado en avenida Reforma, la mujer fue subida a un auto y luego llevada a un hotel en un lugar desconocido.
La víctima de identidad reservada sufrió una violación, la cual quedó grabada en un video que sus agresores usaron para extorsionarla a cambio de no difundirlo.
Aunque la titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Idamis Pastor, descartó más casos como este, organizaciones civiles advirtieron que hay páginas en redes sociales que se dedican a ese tipo de abusos.

El colectivo Voz de los Desaparecidos expuso que las jóvenes universitarias son las más susceptibles, pues las enganchan con ofertas laborales de hasta 11 mil pesos.
Advirtieron de “empresas” con nombres como ‘Universal Scort’ o plataformas como Computrabajo, donde buscan a mujeres con fines de explotación sexual.
En Puebla proponen castigar con 10 años las ofertas de empleo falsas que terminen en delitos
La iniciativa de la diputada Celia Bonada crea el artículo 481 del Código Penal, pero no sólo se limita a ofertas de empleo falsas, sino que también contempla becas, programas educativos o cualquier tipo de invitación apócrifa.
Aplicará a quienes publiquen “anuncios, convocatorias, ofertas de empleo, becas, invitaciones a videojuegos en línea o cualquier contenido informativo”.
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Será un delito cuando se haga para “facilitar, encubrir o inducir la comisión de delitos que se encuentran tipificados en el presente código”; es decir, no sólo para violaciones, sino para cualquier otro ilícito.
La sanción será de seis a 10 años de prisión, y una multa de 300 a 900 veces el valor de la UMA, que equivale de 33 mil 942 a 101 mil 826 pesos.
Si la víctima es menor de edad, de un grupo vulnerable, o si entre los implicados hay un servidor público, la pena se aumentará hasta la mitad.
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Esta es la segunda ocasión que la panista Celia Bonaga presenta esta iniciativa, pues el 10 de abril pasado propuso lo mismo en una modificación al artículo 479.
Ahora, está en cancha de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y dictaminación.





