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Van multas de hasta por 42 mil pesos para quienes despachen con bolsas, popotes y unicel en Puebla

Alejandro Camacho/ @alecafierro

Multas de mil 263 hasta 42 mil 110 pesos para quienes despachen con bolsas de plástico, popotes y vasos y platos de unicel, aprobaron este día regidores del municipio de Puebla.

Por unanimidad de votos, en sesión ordinaria de Cabildo se aprobó el reglamento y reforma para la prohibición del uso de estos plásticos. La medida entrará en vigor a partir de enero del año 2020 contra dueños de tiendas, centros comerciales, restaurantes y establecimientos que utilicen estos artículos para despachar.

La medida contempla sanciones que van de los 15 a 500 Unidades de Medida dependiendo del giro comercial. Cada UMA tiene un valor de 84.22 pesos según información del Inegi.

En su intervención, la presidenta municipal, Claudia Rivera Vivanco destacó que la intención de esta medida es generar conciencia en la población para reducir la emisión de contaminantes que están dañando a la sociedad.

“Teníamos la opción de no hacer nada, de quedarnos así, y que las cosas se mantuvieran igual o romper paradigmas para cambiar la política ecológica en el municipio”, dijo.

En el caso de las bolsas de plástico, se establecieron 120 días naturales a partir de la publicación en el Periódico Oficial del Estado  para la entrada en vigor de esta disposición en el municipio de Puebla.

En cuanto al uso de popotes y unicel en restaurantes, se establecieron 210 días naturales a partir de la publicación en el mismo medio.

Monto de las sanciones:

  1.  Cuando el establecimiento sea susceptible de aviso de apertura de negocio, se establecerá una infracción diaria de 15 a 30 Unidades de Medida de Actualización (UMA), es decir de mil 263 a 2 mil 526.
  2. Cuando el establecimiento de giro comercial sea susceptible de trámite de licencia de funcionamiento se establecerá una sanción de 30 a 100 UMAS, de 2 mil 526 a 8 mil 422 pesos.
  3.  Cuando el giro del establecimiento sea tienda de autoservicio, tienda Departamental, bodega de abarrotes o sus equivalentes del catálogo de giros comerciales complementarios, Industriales de Servicios, se fincarán sanciones de 300 a 500 UMA, de 25 mil 266 a 42 mil 110 pesos.
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