La Nueva Ley de Educación del Estado pretende sancionar con multas de más de 1.3 millones de pesos a las instituciones que emitan ‘títulos patito’.
Así lo establece la iniciativa de Ley presentada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta a los diputados de la LX Legislatura, misma que fue enviada este lunes para ser analizada por la Comisión de Educación y en su caso aprobada.
Esto luego de que MTPNoticias diera a conocer el 15 de agosto de 2019 la expedición de títulos ‘patito’ a funcionarios y familiares de morenovallistas entre los años 2017 y 2018 durante el periodo de Ignacio Alvízar al frente de la SEP.
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El 10 de noviembre de 2019, el gobierno de Puebla presentó 26 denuncias contra morenovallistas y galicistas beneficiados con la expedición de títulos ‘patito’ durante las administraciones panistas.
La iniciativa del gobernador sustituiría a la promulgada en el año 2000 y cuenta con un total de 155 artículos, destacando entre ellos que las instituciones privadas formarán parte del Sistema Educativo Estatal. Esta situación permitirá a las autoridades estatales designar los colores utilizados en las fachadas de los planteles.
En cuanto a las multas, las más graves van de los siete mil a las 15 mil Unidades de Medida Actualizadas (UMA’s), es decir de los 608 mil 160 pesos al millón 303 mil 200 pesos, las cuales solo podrán ser impuestas por:
Administrar a los educandos, sin previa prescripción médica y consentimiento informado de sus madres y padres o tutores, medicamentos; y expedir certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes no cumplan los requisitos aplicables”.
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Es decir, que las instituciones que sean sorprendidas emitiendo ‘títulos patito’, a quienes no cumplan con los conocimientos, tendrán que pagar hasta un millón 303 mil 200 pesos. Sin embargo, en caso de reincidencia, las penas podrán duplicarse.
También se sugiere una multa con hasta 608 mil 160 pesos a los planteles que difundan información privada, oponerse a ser revisadas o condicionar la entrega de documentos por la falta de pago.
Los planteles educativos de cualquier nivel que formen parte del Sistema Educativo Estatal no deberán consignar los nombres de los funcionarios públicos y representantes populares durante el desempeño de su encargo, el de sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado, ni el de los representantes sindicales del magisterio en funciones o por haber ocupado cargos de representación gremial”, cita el artículo 112 de la nueva disposición.
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Asimismo, se planteó que las instituciones particulares eran obligadas a hacer uso de los libros de texto que indique el gobierno federal, como parte del adoctrinamiento que pretende la Cuarta Transformación.