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Ley Ingrid: castigarán hasta con 10 años de cárcel a funcionarios que difundan imágenes de víctimas

Aprueban Ley Ingrid
Foto: El País

Los funcionarios que difundan imágenes, videos, audios, documentos o información sobre la investigación penal de una víctima, podrán ser castigados hasta con diez años cárcel.

Lo anterior según una reforma al Código Penal Federal que aprobó la Cámara de Diputados este 23 de marzo, cuyo dictamen fue enviado al Senado de la República para su sanción.

La iniciativa a la cual se le asignó el nombre de Ley Ingrid, surgió luego de que varios medios de comunicación de la capital del país difundieron imágenes del cuerpo de Ingrid Escamilla, una joven que fue asesinada en la Ciudad de México.

En MTPNoticias te decimos todo lo que debes saber sobre la nueva Ley Ingrid.

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¿En qué consiste la reforma?

La reforma modifica el artículo 225 del Código Penal Federal en el capítulo I sobre los delitos cometidos por los servidores públicos en materia penal.

Dicho ordenamiento castiga aquellas faltas contra la administración de justicia que recaen en servidores públicos.

La fracción XXVIII ya contempla como delito dar a conocer a quien no tenga derecho, documentos, constancias o información que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales.

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Sin embargo, se adiciona la fracción XXIX para establecer como delito contra los servidores públicos que difundan imágenes, audios, videos, documentos o información sobre la investigación penal, condiciones personales de una víctima o circunstancias de un delito.

¿Cómo sancionará la Ley Ingrid?

Actualmente el Código Penal Federal establece una pena de tres a ocho años de prisión y de 30 a mil cien días de multa dar a conocer información de una investigación o de un proceso penal a quien no tenga derecho.

Sin embargo, la nueva Ley Ingrid establece penas de 4 a 10 años de prisión y multas de 100 a 150 días valor UMA a los servidores que difundan las imágenes de hechos delictivos, compartan videos de crímenes u oferten expedientes.

“Cuando por sí o por interpósita persona, a través de cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publique, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice, imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con un procedimiento penal, las condiciones personales de una víctima o las circunstancias de hecho o hechos que la ley señale como delitos”, señala la reforma.

Las penas en estos casos se incrementarán en una tercera parte si la información que se difunda es de mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.

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El feminicidio de Ingrid Escamilla que cimbró a México

Las modificaciones al Código Penal Federal se originaron a raíz de la difusión de imágenes del feminicidio de Ingrid Escamilla, presuntamente filtradas por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Ingrid, de 25 años de edad, fue asesinada por pareja sentimental el 9 de febrero de 2020, sus fotografías y videos aparecieron en varios medios de comunicación capitalino.

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Luego de tener una discusión, Erik Francisco Robledo, su pareja de 46 años, asesinó a Ingrid con un cuchillo y para deshacerse del cadáver, le desgarró la piel de casi todo el cuerpo y sustrajo sus órganos; sus restos los tiró por el escusado y por el drenaje público.

Por Cirilo Calderón / @calderonciro

Buen fin Viaja a CDMX
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