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La Corte niega suspensión provisional al ayuntamiento de Puebla, determina que no hay imposición en la SSC

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó al ayuntamiento de Puebla, a cargo de Claudia Rivera Vivanco, la suspensión provisional, toda vez que determinó que no existen los supuestos del acto reclamado, que consisten en que no se ha dado la imposición del mando en la Secretaría de Seguridad Ciudadana en el municipio de Puebla.

 

De acuerdo con el fallo que emitió la autoridad federal este 23 de marzo, en el expediente 46/2020 en el incidente de suspensión derivado de la controversia constitucional que presentó la alcaldesa el pasado 22 de marzo, con el fundamento de hacer valer la autonomía del municipio.

 

“Se habilitan los días que se requieren para llevar acabo las notificaciones de este proveído. Se niega la suspensión solicitada por el municipio de Puebla”, cita la lista de notificaciones de la SCJN.

 

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Sin embargo, al no ser efectiva la imposición de Carla Morales en lugar de María Lourdes Rosales Martínez, la autoridad federal no tiene elementos legales para conceder dicha suspensión.

 

Incluso el gobernador Miguel Barbosa Huerta declaró, en conferencia de prensa, que fue absurdo por parte de Rivera Vivanco promover el juicio de inconstitucionalidad toda vez que ‘no ha entrado en trámite la controversia’.

 

Sin embargo, el amparo presentado seguirá su curso por lo que el Poder Ejecutivo y Legislativo tendrán que presentar una serie de informes en un plazo no mayor a 30 días.

 

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Así como que se deben de llevar a cabo audiencias entre las partes para resolver el fondo del asunto.

 

 

Foto portada: Ilustrativa internet

Por  Carlos Cózatl/ @cr_cozatl

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