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Desde Houston, José Juan tramita amparo para no ir a la cárcel

El diputado local José Juan Espinosa Torres, quien se refugia en Houston, Texas, Estados Unidos, tramitó a través de sus abogados un amparo para no ser detenido, por las investigaciones en su contra por enriquecimiento ilícito.

El recurso legal fue tramitado bajo el expediente 118/2021 ante el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla, contra “la orden de comparecencia, búsqueda, localización, presentación, aprehensión y reaprehensión y ejecución”.

El juez desechó parcialmente la solicitud de Espinosa Torres, porque el político no puede evitar una orden de citación, en caso de ser requerido por la autoridad judicial para declarar por algún caso en específico.

Sin embargo, concedió la suspensión provisional contra alguna orden de aprehensión, hasta que se desarrolle la audiencia incidental el próximo 24 de febrero de 2021, a las 9:28 horas, a fin de revisar la solicitud del diputado, quien debió exhibir en estos días una garantía de 5 mil pesos.

De no resolverse la petición en esa fecha, también se programó una audiencia constitucional a las 10:00 horas para el 17 de marzo de 2021.

José  Juan Espinosa huyó a Houston, Estados Unidos, como lo dio a conocer el pasado 2 de febrero MTPNoticias. Sin embargo, el político respondió siete días después que se encuentra en territorio norteamericano por cuestiones de salud.

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El juez respondió a José Juan Espinosa que una citación o comparecencia por parte de la Fiscalía General del estado de Puebla no vulnera sus derechos.

“Únicamente implica un aviso de que el investigado debe comparecer ante la autoridad jurisdiccional para la práctica de una diligencia, con el objeto de que el ministerio público formalice un procedimiento por medio de una intervención judicial”, respondió el Juez al trámite de Espinosa.

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“La citación o su omisión (como aduce el quejoso) no implica una afectación a sus derechos fundamentales o esfera jurídica, ya que dicho acto no implica únicamente un vínculo para formalizar una diligencia solicitada por la representación social a través de un órgano jurisdiccional, dicto acto no implica algún análisis que conlleve a imputar algún ilícito al quejoso”

“Se señalan las 10:00 horas del 17 de marzo de 2021, para que sea celebrada la audiencia constitucional de este juicio”.

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En cuanto al “incidente”, el Juez concedió la suspensión provisional respecto a las órdenes reclamadas, es decir, en caso de una orden emitida por una autoridad judicial.

 

Por Iván Tirzo/ @TirzoIvan

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