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Con oposición del PAN, aprueban facultad al gobernador para indultar a presos políticos y a mujeres por aborto

Con los votos en contra del grupo parlamentario del PAN, el Pleno del Congreso del Estado aprobó concederle la facultad al Poder Ejecutivo para otorgar indulto a los presos políticos, mujeres con sentencias menores a 5 años, así como a indígenas.

 

Durante la discusión de la reforma al Código Penal en su artículo 122, donde se le autoriza al gobernador o gobernadora otorgar el perdón a personas que han sido procesadas por delitos del fuero común y que no lograron defenderse.

 

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Asimismo, durante la discusión de dicho punto, el Partido Acción Nacional (PAN), en voz de la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia aseguró que el autorizar esta facultad invade al Poder Judicial, quien actualmente se encarga de otorgar las liberaciones de cada uno de los casos.

 

“Tres Poderes para evitar la concentración, para evitar la permanencia de uno solo… En el fondo lo que se pretende es dar concesiones al Ejecutivo para que con cualquier pretexto pueda dejar libre a reos sin seguir su debido proceso, pues se encuentran juzgando su pena designado por el Poder Judicial”.

 

Por su parte, el coordinador de los diputados locales de Morena, Gabriel Biestro Medinilla, aclaró que no se pretende impulsar ningún beneficio especial para el Ejecutivo, sino lo único que se busca es liberar a por lo menos 200 personas que fueron encarceladas por cuestiones políticas.

 

“Nadie está poniendo en tela de juicio la institución pero si hay muchos procesos en el Poder Judicial que están viciados”.

 

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La propuesta

 

Esta petición se aplicará por cuestiones humanitarias, sociales o de equidad, ya que existan indicios consistentes graves a los derechos humanos, a personas sentenciadas y que además han mostrado buena conducta durante su reclusión, son los que tienen derecho a este perdón.

 

Pero solo será para las personas indígenas, víctimas de discriminación, por su pertenencia a un grupo étnico, diferencia en diversidad cultural, o de alguna violación grave a sus derechos humanos, además a personas mayores de 70 años que hayan cumplido una cuarta parte de la sentencia.

 

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Asimismo, que padezca una enfermedad terminal, que haya realizado acciones destacadas en beneficio de la comunidad lícita, que sea una mujer por cuestión de género y que la sentencia sea menor a 5 años, y que el delito sea de carácter político.

 

Por Alejandro Camacho Fierro/ @alecafierro

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