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¡Ministerio Público a cargo de su encargo!

Columna de Keren Reyes: Hablando Derecho de Derecho

Columna de Keren Reyes

​La conducción y mando de la investigación de los delitos, así como el ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público salvo los casos que la misma ley prevé por los particulares.

​Bajo esa tesitura la autoridad ministerial esta a cargo de la labor trascendental en los procesos siendo la investigación, soportando lo que debe ser la columna vertebral del proceso penal y sobre lo que descansa su acusación, siendo su actuar sometido bajo la lupa de la sociedad desde diversos contextos y que gracias al éxito de la investigación lograrán que existan elementos contundentes para que no quede impune ningún delito al condenar al responsable: una tarea enorme.

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​Ejemplo de lo anterior es el Índice de Estado de Derecho elaborado por el World Justice Project (WJP) posicionó a Puebla como la sexta entidad del país con las carencias más significativas en materia de justicia, división de poderes y derechos humanos de todo el país durante 2022 y donde en materia de procuración de justicia se retoman cifras de 0.15 por ciento respecto del 0.33 en promedio general de nuestro país en este rubro sobre si los sistemas de procuración y de impartición de justicia son expeditos y eficaces.

​Al cierre de 2022, había 3 409 personas como titulares en la Fiscalía General de la República (FGR) y en las Fiscalías Generales Estatales (FGE). De estas, 53.2 % correspondió a hombres y 38.1 %, a mujeres.

Para 8.7 % no se especificó el sexo. Además, 40.9 % de los hombres y 36.4 % de las mujeres titulares tenían de 0 a 2 años de antigüedad en el cargo como parte de los datos que refiere el Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal y Federal (CNPJE-F) 2023.

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​Es un gran reto y labor que debe ser considerada en diversos prismas, pues no solo debe mirarse la exigencia natural que se hace a los servidores públicos respecto del encargo encomendado, sino conocer como cumplen su trabajo y que herramientas tienen para lograrlo.

Por lo que cobra relevancia que el artículo 39 de la Ley de la Fiscalía General de la República establece que la Fiscalía General de la República contará con personal directivo y de mando, personas agentes del Ministerio Público de la Federación, personas agentes de la Policía Federal Ministerial, personas peritas, personas analistas y personas facilitadoras, así como personas servidoras públicas especializadas, profesionales, técnicas y administrativas necesarias para la realización de sus funciones previstas en las disposiciones legales aplicables y que no siempre logra su aplicación ante la falta de personal no solo en el ámbito federal sino local.

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En relación a lo anterior el 20 de febrero de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo A/OM/001/2023 mediante el cual se publica la estructura ocupacional de la Fiscalía General de la República y se expide el Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas al servicio de la Fiscalía General de la República para el ejercicio fiscal 2023, siendo el 28 de febrero del mismo año modificado dicho Manual.

​El artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece, entre otras cosas, que los servidores públicos de los organismos autónomos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades, pero será de esa misma manera que deban asumir el compromiso de su trabajo y con ello eliminar corruptelas, retardo, omisiones que entorpecen el esclarecimiento de los hechos y de su actuar diligente.

¡A tu salud!

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