Tras la polémica generada, el Senado de la República aprobó que el consumo de la marihuana con fines lúdicos sea legal en nuestro país con la votación de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.
Debido a lo anterior, la ley permitirá a mayores de 18 años que puedan consumir cannabis con fines recreativos, aunque a la par habrá estrategias de salud para concientizar sobre los posibles riesgos a la salud que conlleva su consumo.
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Sin embargo, las personas podrán portar para consumo personal hasta 28 gramos de cannabis psicoactivo, cuando antes solo se permitían 5 gramos. Pero, en caso de portar más de esto -hasta 200 gramos sin autorización expresa- se podrá sancionar con una multa que puede ser de 250 mil pesos. Además, si la portación es de más de 200 gramos, se perseguirá como delito penal.
Tener 18 y consumir hasta 28 gramos: Hoy el ?? progresista avanza y hace historia.
El pleno del @senadomexicano aprueba en lo general la legalización de la marihuana.
82 votos en favor, 18 en contra y 7 abstenciones.
#cannabisLegal .
Bravo.— Simón Levy (@SimonLevyMx) November 19, 2020
Se permitirá el cultivo
Además, aunque el autoconsumo ahora está permitido legalmente, no se permitirá, de momento, el consumo en espacios públicos. El consumo siempre deberá ser en espacios cerrados destinados para ello, y nunca podrá haber consumo por menores de edad.
De igual manera, se permitirá la siembra, cultivo, cosecha y preparación de cannabis, siempre tomando en cuenta una cantidad límite de 4 plantas de cannabis psicoactivo. Si hay dos o más consumidores en una misma casa, entonces se podrá tener hasta 8 plantas.
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La ley entrará en vigor después de ser publicado en el Diario Oficial de la Federación y, cuando este se publique, el presidente Andrés Manuel López Obrador tendrá hasta 6 meses para expedir las adecuaciones correspondientes y las Normas Oficiales Mexicanas que se necesitan para estandarizar los productos de cannabis.
En esos mismos 6 meses deberá quedar constituido el Instituto para la Regulación y Control del Cannabis, el cual deberá dar durante los primeros 5 años al menos el 40% de las licencias de cultivo a pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias en situación de marginación.
Crédito: Radio Fórmula
Por @MTPNoticias