En el marco del Aniversario de la Revolución Mexicana 2025, que este año se conmemora el lunes 17 de noviembre, surge una duda recurrente para muchos trabajadores: ¿se les debe pagar doble o triple por laborar en ese día de descanso obligatorio?
Dicha fecha es uno de los días más importantes en la historia de México y cuenta, además, con un marco legal que protege los derechos laborales, especialmente en el ámbito de los salarios en días festivos.

El Aniversario de la Revolución Mexicana 2025 tiene lugar en lunes porque la fecha original del movimiento, el 20 de noviembre de 1910, fue trasladada por ley al tercer lunes de noviembre con el fin de generar un fin de semana largo para las familias mexicanas.
Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), ese día constituye un “descanso obligatorio”. Esta disposición pretende que los trabajadores puedan conmemorar la gesta histórica sin que su jornada laboral se vea comprometida. Es importante recordar que más allá del descanso, esta fecha invita a reflexionar sobre los derechos conquistados desde la Revolución, muchos de los cuales dieron forma a la legislación laboral vigente.

¿Se paga doble o triple el Aniversario de la Revolución Mexicana 2025?
La respuesta es clara: si un trabajador labora el lunes marcado para el Aniversario de la Revolución Mexicana 2025, la empresa debe pagarle lo mismo que percibiría por el día de descanso, más el doble de su salario diario por el servicio prestado, lo que en la práctica resulta en el equivalente a triple su salario habitual.
Así lo establece la LFT: cuando se trabaja en un día de descanso obligatorio, se paga el salario diario normal más el doble por laborar. En otras palabras, para el empleado es como recibir “triple“. Asimismo, si ese día coincide con domingo o el patrón exige jornada adicional, se suman otras primas como la dominical, lo que incrementa aún más la compensación.





