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Requisitos para adoptar en Puebla en el Día Nacional de la Adopción 2024

Día Nacional de la Adopción 2024

Origen del Día Nacional de la Adopción 2024

Cada 9 de abril se celebra en México el Día Nacional de la Adopción de Niñas, Niños y Adolescentes, y este 2024 no es la excepción; no obstante, a pesar de ser un tema en el que muchas parejas se interesan, poca gente en realidad sabe cuál es el proceso a seguir para obtener a un infante.

Niños esperando ser opción de adopción en México Créditos: Especial
¿Por qué se celebra el Día Nacional de la Adopción?


Fue en abril de 2017 que el Senado de la República aprobó que el Congreso de la Unión pudiera declarar al 9 de abril como el Día Nacional de la Adopción de Niñas, Niños y Adolescentes 2024, con el fin de sensibilizar y concientizar a la sociedad sobre la promoción, protección y garantía del derecho de los menores a vivir en familia.

Las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, y de Estudios Legislativos, que se encargaron de elaborar el dictamen, indicaron que la fecha es en alusión al día en que fue promulgada la Ley de Relaciones Familiares, en la cual se contempló por primera vez en México el concepto legal de adopción. 

Pareja de mujeres adopta a niño en algún centro de México Créditos: Especial

Cómo obtener un niño en Puebla y apoyar el Día Nacional de la Adopción 2024

El proceso de adopción en Puebla es el siguiente:

  1. La persona o personas interesadas en adoptar deben acudir de manera personal al Departamento de Adopciones.
  2. Una vez ahí, se les brinda una asesoría general sobre la adopción y se les entrega por escrito los requisitos, explicando cada uno de ellos de manera clara al solicitante.
  3. Tras reunir los requisitos de adopción, se deben presentar al Departamento de Adopciones en los meses de recepción (enero, mayo, agosto y noviembre), tal y como lo marca el Consejo Técnico de Adopciones.  El día que presentan sus documentos completos, se les fija día y hora para su valoración psicológica y estudio socioeconómico.
  4. Con resultados en mano, el expediente se tiene que presentar al Consejo Técnico de Adopciones para que autorice la emisión o no del Certificado de Idoneidad y puedan ingresar al Registro Estatal de Familias de Acogimiento Pre-adoptivo y/o lista de espera, según corresponda.
  5. Si se asigna una niña, niño y/o adolescente por el Consejo Técnico de Adopciones, se le informa a la familia que solicitó el proceso para formalizar la presentación física e iniciar el periodo de acogimiento pre-adoptivo (convivencias en las casas de asistencia y domiciliarias), para finalmente, de ser procedente, dar inicio con el juicio de adopción ante el Juzgado de lo Familiar que corresponda.
  6. Al lograr la sentencia ejecutoriada, se tiene que hacer el registro del acta de nacimiento y se procede a la baja del acta primigenia, con un costo que cubrirá la familia adoptante en el Juzgado del Registro Civil que corresponda.
  7. Seis meses posteriores a que cause estado la sentencia del juicio de adopción, se debe comenzar con los seguimientos post-adopción, los cuales se programarán cada seis meses durante un periodo de tres años.

Por Irving Sánchez / @irvingsannz

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