Si las recientes heladas en Puebla dejaron pérdidas en el campo, el Programa para la Prevención y Atención de Contingencias Agropecuarias brinda apoyo para que accedas a 18 mil pesos.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADR) emitió las reglas de operación de este programa que estará disponible desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.
El objetivo es que los productores de los 217 municipios, en especial los pequeños y medianos, tengan apoyos directos ante siniestros y contingencias agroclimáticas, como inundaciones, granizo, incendios y heladas.
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Habrá dos modalidades de ayuda para agricultores:
–Apoyo directo a los productores con superficies de cultivos básicos.
En este entregarán hasta 3 mil pesos por cada hectárea afectada, hasta por tres hectáreas por productor. Es decir, el máximo de apoyo será de hasta 9 mil pesos.
–Apoyo directo a las productoras y los productores con superficies de hortalizas, frutales y ornamentales.
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En este caso, se darán hasta 6 mil pesos por hectárea afectada hasta tres hectáreas a cada productor. El monto máximo al que podrán acceder es de 18 mil pesos.
Apoyos para el campo en Puebla por desastres: estos son los requisitos
Las personas físicas que requieran los apoyos deben llenar la solicitud publicada en el anexo uno de este enlace: https://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_2_E_V_14042025_C.pdf
Junto a esta, deben anexar los siguientes documentos:
– Identificación oficial vigente.
– CURP actualizada.
– Comprobante de domicilio (recibo de predial, telefonía fija, electricidad o agua), no mayor a tres meses a la presentación de la solicitud.
– Documento que acredite la propiedad o posesión legal del predio en los que se utilizará el apoyo, el cual podrá ser alguno de los siguientes:
– Título de Propiedad.
– Certificado de Derechos Agrarios, Parcelarios, Comunales o Resolución del Tribunal Agrario, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Agraria.
– Constancia de Posesión emitida por un comisariado ejidal (Presidente, Secretario y Tesorero), Comisariado de Bienes Comunales (Presidente, Secretario y Tesorero), la o el Presidente Municipal, o autoridad competente. El documento deberá contener el membrete de la autoridad, fecha, folio, estar fundado y motivado respecto a las atribuciones legales de la autoridad que lo expide, firma y sello.
– Documento que acredite la posesión derivada o precaria (Contrato de Arrendamiento,
Comodato, Aparcería, Usufructo, entre otros) con dos testigos, adjuntando copia simple de las identificaciones de los firmantes.
– Nombramiento de albacea o heredero realizado por Juez competente o Notario Público (sucesión testamentaria o intestamentaria).
– Escritura Pública.
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Los interesados tendrán que presentar sus solicitudes y documentos a las oficinas Microrregionales de la SADR.
Los criterios que la Secretaría tomará en cuenta para elegir a los beneficiarios incluyen:
– Porcentaje de pérdida de al menos el 60 por ciento de la superficie cultivada o de cosecha.
– Porcentaje de afectación a la planta de al menos 50%, de acuerdo a la etapa fenológica en que se encuentre la misma.
– Cultivo establecido (cultivos de granos básicos, frutales y ornamentales y hortalizas).
– Superficie elegible.





