El pleno de la Sala Regional Especializada del TEPJF estableció que “servidores de la nación” sí incurrieron en “propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos”, al hacer entrega de programas sociales con indumentaria en la que era identificable el nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador.
“En la resolución, no se le atribuye responsabilidad alguna al presidente de México, porque no autorizó el uso de su nombre e imagen, ni participó en los hechos denunciados. Tampoco se concretó esa responsabilidad al partido político Morena”, indicó el Tribunal, sobre la resolución de la Sala Especializada.
“En cuanto a María Luisa Albores González, titular de la Secretaría de Bienestar, y Gabriel García Hernández, coordinador general de Programas para el Desarrollo del Gobierno Federal, se concluyó que no son responsables de las infracciones ya que la ejecución de los programas sociales es responsabilidad de las y los titulares de las Delegaciones Estatales”, agregó.
La Sala Regional detalló que “36 servidores y servidoras públicas (en delegaciones, subdelegaciones regionales y ‘servidores de la Nación’) realizaron actos de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos con la entrega de programas sociales, que además se difundieron en diversas redes sociales de estas personas del servicio público y en notas periodísticas”.
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Además, señaló que la propaganda gubernamental denunciada pudo vulnerar el interés superior de la niñez, ya que en diversas publicaciones se observa la imagen de niños, “sin que se demostrara contar con el consentimiento y la opinión tanto de las niñas y los niños, como del padre, madre o tutor”.
El Tribunal recordó que la denuncia sobre este caso fue presentada por el PRD.
“Desde el punto de vista del PRD, se implementó una supuesta campaña en la que personal de la Secretaría de Bienestar (delegaciones, subdelegaciones regionales y ‘servidores de la Nación’) realizaron diversas acciones, tales como el levantamiento de un censo y la distribución de programas sociales, mediante los cuales promocionaron el nombre y logros del presidente de México y el partido político Morena, con el fin de posicionarse política y electoralmente frente a la población e influir en los próximos procesos electorales locales y federales”.
Además, para el desarrollo de estas actividades, agregó el PRD en su acusación, “portaron chalecos, mochilas, gorras y gafetes, y visitaron a la ciudadanía en sus domicilios, con el propósito de registrar a posibles beneficiarios/as y entregar tarjetas bancarias para dichos programas sociales”.
El pasado 16 de agosto, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó suspender el uso del nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador en la indumentaria y accesorios como chalecos, gorras, mochilas y gafetes que usan los servidores de la nación.
Los consejeros electorales coincidieron en que los servidores de la nación realizaron una promoción personalizada del presidente, violando el artículo 134 constitucional.
Dicho articulo prohíbe que toda propaganda gubernamental tenga nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Crédito: Animal Político