El Congreso del Estado de Aguascalientes aprobó por unanimidad una reforma a la Constitución Política local que eleva a rango constitucional la protección de las corridas de toros como parte del patrimonio cultural del estado.
La iniciativa, impulsada por el Partido Acción Nacional (PAN), fue respaldada por todos los grupos parlamentarios representados: PAN, PRI, MC, PRD y Morena.
Consolidó un consenso legislativo en torno a la continuidad de una práctica que, aunque típico, también genera amplio debate en la sociedad por su carácter violento hacia los animales.
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Con esta reforma al artículo 7A de la Constitución de Aguascalientes, la Feria Nacional de San Marcos es reconocida como patrimonio cultural y motor económico del estado.
Y las corridas de toros, en su forma convencional, quedan protegidas como una expresión histórica de las costumbres locales.
Controversia entre ‘tradición’ y derechos animales

Sin embargo, esta protección constitucional ocurre en un contexto donde cada vez más sectores de la población cuestionan la pertinencia ética de considerar como patrimonio una práctica basada en el sufrimiento animal.
El Congreso declaró de orden público e interés social la conservación, protección y fortalecimiento de las tradiciones que dan sustento a la Feria, con lo cual las corridas de toros se elevan a la categoría de bien público
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Su preservación deberá estar por encima de intereses particulares.
Así, Aguascalientes se posiciona como un referente nacional en la continuidad de las corridas de toros, aun cuando el debate sobre los derechos de los animales y la evolución de las prácticas culturales sigue abierto en la opinión pública.
Corridas, sí; narcocorridos, no
A su vez, el Congreso aprobó una iniciativa que prohíbe la interpretación de narcocorridos en eventos públicos, como medida previa a la Feria Nacional de San Marcos 2025.
El objetivo es evitar la apología del delito y preservar el ambiente familiar y cultural de uno de los eventos más importantes del país.

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Aunque no se prohíbe el género musical en general, la reforma sanciona su interpretación en espacios masivos si se considera que promueve actividades delictivas.
Las penas incluyen de seis meses a un año de prisión y multas que van de 56,570 a 113,140 pesos, según el valor de la UMA en 2025.





