A partir de ahora en Tehuacán, las personas que vistan como militares o policías, usen instrumentos tácticos, condecoraciones o insignias, sin ser parte de las fuerzas municipales, estatales o federales, serán puestos a disposición del Ministerio Público.
Esto luego de que el Cabildo autorizara el exhorto de restricción para emplear colores, imágenes o diseños iguales o similares a los usados por las fuerzas armadas nacionales y del uso indebido de uniformes o condecoraciones.
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En la sesión ordinaria que se realizó este 21 de septiembre, se autorizó mandar el exhorto a los presidentes auxiliares para que eviten que civiles incurran en dicha ilegalidad.
Además se recordó que el artículo 258 del Código Penal del Estado de Puebla, en donde refiere que se impondrá de dos meses a dos años de prisión y multas.
Esta medida aplicará para civiles e incluso para quienes forman parte de los grupos de vecinos vigilantes o guardias ajenos a las corporaciones policiales.
¿Qué dice el artículo 258 del Código Penal del Estado de Puebla?
Este artículo señala que se impondrá de dos meses a dos años de prisión y multa de 10 a 100 días de salario mínimo al que usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho.
La sanción se duplicará si alguno de estos aditamentos es utilizado para cometer o intentar cometer otro delito.
Por @LuisaTirzo