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TEPJF pide a Contraloría sancionar a Eduardo Rivera por violar veda electoral de revocación de mandato

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Eduardo Rivera
Foto: Agencia EsImagen

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el alcalde Eduardo Rivera Pérez incurrió en una violación a la veda electoral de la revocación de mandado del presidente Andrés Manuel López Obrador, al promocionar su imagen y las acciones de su gobierno en una publicación en redes sociales, por ello, la Contraloría deberá imponer una sanción al respecto.

Durante la sesión de este miércoles 18 de mayo, los magistrados aprobaron por unanimidad confirmar la resolución que la Sala Regional de la Ciudad de México emitió el pasado 28 de abril, respecto a sancionar al presidente municipal de Puebla por no respetar el período de veda por la Consulta para la Revocación de Mandato.

En ese sentido, se desechó la impugnación del recurso de revisión SUP-REP-282/2022 que promovió el edil capitalino el 8 de mayo de este año, al declararse infundados los elementos por los que interpuso una queja, por lo que se mantiene el resolutivo anterior.

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La Secretaría General en ese contexto, detalló que la Sala Regional Especializada determinó la existencia de difusión de propaganda gubernamental durante la veda electoral, pues el edil difundió en Twitter un logro de gobierno.

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Los elementos calificados en dicho resolutivo son la aparición del nombre del servidor público, en la que se le identifica en el cargo de presidente municipal, además de que el contenido de la publicación refiere una obra pública de su gobierno, con lo que se determinó que busca la adhesión o persuasión de la ciudadanía.

Derivado de este resolutivo, la Contraloría Municipal tendrá que fincar la responsabilidad administrativa, así como la sanción correspondiente por la violación a la veda electoral por parte del alcalde capitalino, con la promoción de una obra de la comuna.

Promoción en veda electoral de revocación de AMLO

La publicación de Eduardo Rivera es del pasado 21 de febrero en la que dio a conocer la inauguración de una obra pública en la colonia Villa Frontera, situación que retomó el TEPJF y ordenó sancionar al alcalde por la promoción personalizada durante la veda.

En respuesta, el alcalde Eduardo Rivera Pérez se dijo inconforme por el resolutivo y sostuvo que la difusión de este tipo de acciones de gobierno tienen como propósito dar a conocer la apertura de una vialidad, además de que alegó que no se evidencian logos del gobierno o colores partidistas, por lo que impugnaría el resolutivo del TEPJF.

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El procedimiento especial sancionador derivó de una denuncia que interpuso el dirigente estatal de Morena, Aristóteles Belmont Cortés, el 18 de febrero ante la Junta Local del INE, la cual quedó registrada en el expediente número JL/PE/MORENA/RM/PUE/PEF/1/2022.

Como se recordará, durante la veda electoral por la consulta de revocación de mandato, que comprendió del 4 de febrero al 10 de abril, las autoridades gubernamentales debían suspender todo tipo de propaganda y abstenerse de difundir logros y acciones de gobierno.

Por Iván Reyes/  @_ivan_reyes

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