Para el combate a la pornografía y turismo sexual infantil, el Congreso de Puebla ingresó una propuesta de ley para obligar a huéspedes de hoteles que acrediten la custodia de los niños que los acompañan en un viaje.
En abril, la Cámara de Diputados avaló regular que Airbnb, plataformas de hospedaje, hoteles u otros relacionados con industria de turismo exijan a huéspedes acreditar la relación entre adultos con menores acompañantes.
Mientras que en Puebla, se plantearon reformas a los artículos 62 y 127 de la Ley de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de Puebla; así como el artículo 82 de la Ley de Turismo de Puebla, a cargo de la legisladora de Movimiento Ciudadano, Fedrha Suriano Corrales.
La propuesta integra por primera vez en la redacción de las leyes, el término “tráfico de menores”, “el turismo sexual infantil y la pornografía infantil”, esta última de forma física o virtual.
Asimismo, la iniciativa obliga a las autoridades “instrumentar protocolos de actuación” e implementar acciones de combate en delitos contra menores de edad.
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De acuerdo con la Organización de Estados Americanos (OEA), México es el distribuidor número uno del mundo y el segundo mayor productor de pornografía infantil.
Además de que el país ocupa el segundo lugar mundial en turismo sexual infantil, donde más de 16 mil menores son explotados y procedentes de destinos turísticos como Playa del Carmen, Acapulco, Puerto Vallarta, Oaxaca o Los Cabos.
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Obligar a huéspedes de hoteles de Puebla: ¿qué propone la ley?

Regular el servicio de alojamiento para obligar que los turistas que busquen hospedaje en Puebla, acrediten la relación de sus acompañantes menores de edad podría ser una realidad si aprueban la reforma los diputados locales.
Las modificaciones corresponden a la Ley de Turismo del Estado de Puebla en el Artículo 82 en la que se señalan las obligaciones de los prestadores de servicios turísticos.
La adhesión a la fracción XXIII corresponde que los hoteles deberán de comprobar que sus huéspedes sean mayores de edad y, en caso de que se encuentren acompañados de niñas, niños o adolescentes, acreditar que aquellos sean quienes detenten su guarda y custodia, o bien contar con el consentimiento por escrito de quien ejerza la tutela correspondiente.
En caso de no comprobarse dicha guarda o custodia, o en su caso, el consentimiento por escrito de quien ejerza la tutela correspondiente, se deberá negar el servicio de hospedaje y notificar de manera inmediata a la Fiscalía General del Estado de Puebla.
Otras autoridades a la que podría reportarse es la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
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La Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez tendrá que analizar el tema y en caso de aprobarse, el pleno discutirá la ley para su dictaminación.
Será legal cuando sea aprobada por mayoría y se publique en el Periódico Oficial del Estado.





