La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió las acciones de constitucionalidad que interpuso la Comisión Nacional de Derecho Humanos (CNDH) en contra del cobro del Derecho por el servicio de Alumbrado Público (DAP) en 144 municipios de Puebla.
En cambio, el recurso que presentó la Comisión de Derechos Humanos del Estado (CDH) por el mismo motivo, fue desechado parcialmente debido a que fue tramitado de manera extemporánea.
Los juicios que analizará la Corte en los próximos días se encuentran en los expedientes 13/2022, 14/2022 y 18/2022, promovidos por la CNDH que encabeza Rosario Ibarra de Piedra.
Uno de los argumentos que incluyó dicho ente autónomo en las acciones de inconstitucionalidad es que se estableció el cobro a municipios del estado que no gozan del servicio de alumbrado público.
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El cobro del alumbrado público siempre existió: Céspedes
Sobre el tema, el presidente del Congreso del Estado, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, sostuvo que existen alternativas para mantener el cobro del DAP en los municipios en los que el Poder Legislativo autorizó la tarifa.
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En entrevista, indicó que el cobro del DAP siempre ha existido en algunos municipios por lo que no se trata de engañar a los contribuyentes, como quieren hacerlo ver algunos actores políticos que han politizado el tema, pues “por muchos años les cobraba (el DAP) sin decirles la verdad”, indicó.
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En caso de que la Corte falle en contra del cobro autorizado por el Congreso “eso no dará luz para saber que habrá otro camino para este tipo de comisiones, el tema no es cobrar por cobrar, el tema es que haya transparencia en lo que solicitan los ayuntamientos”, indicó tras comentar que se aceptará cualquier sentido de la resolución.