En el Congreso de Puebla entró a un análisis el tema de los taxis “pirata”, buscando regularlos como servicio “colectivo” en comunidades o puntos con demanda social.
Este jueves 8 de mayo, el diputado Elías Lozada Ortega presentó una iniciativa para reformar la Ley de Transporte, a fin de ampliar las concesiones e integrar el servicio de taxi colectivo.
En su ponencia en tribuna, en sesión de la Comisión Permanente, el legislador de Nueva Alianza refirió que esta medida se aplicaría en zonas donde el transporte público de RUTA no cubre adecuadamente las necesidades de la población.
“El Estado debe garantizar servicios públicos esenciales. No por voluntad divina o soberanía, sino por una necesidad social. Por tal motivo, el servicio público debe adaptarse a las transformaciones sociales, tecnológicas y económicas de las regiones”.
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También aclaró que no realizará reformas que fomenten la ilegalidad, sino de poner orden. Reiteró que primero se deben cubrir vacíos, en lugar de criminalizarlos.
Regulación de taxis pirata: podrán tener hasta 5 concesiones
La reforma a la Ley de Transporte permitirá cambios en las concesiones, las características de servicio de las unidades y el lugar de operación.
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La iniciativa propone una modificación al Artículo 14 en el apartado Clasificación de Servicios.
Se trata de la reforma en el inciso A para agregar que los taxis son unidades con capacidad no mayor de cinco plazas, sin itinerarios, rutas, frecuencias de paso y horarios fijos, trasladando al usuario al punto o punto que este solicite y que podrá ser colectivo de acuerdo con lo que establezca la Ley, el Reglamento y la Secretaría de Movilidad y Trasporte.
Cada uno de los vehículos que presten este servicio podrán formar parte de un sitio o de bahías ecológicas.
Y adicionar el inciso F para que los taxis colectivos estén destinados a atender con eficiencia zonas de poca oferta de otros medios de transporte, y complementar la red multimodal de transporte.

En la reforma al Artículo 32 se señala que los taxis podrán realizar viajes en modalidad individual o colectiva.
“El servicio de taxi colectivo se entenderá como aquel en el que un mismo vehículo de alquiler o taxi puede transportar a varios pasajeros con distintos destinos o puntos de ascenso y descenso”.
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El servicio podrá operar mediante el uso de plataformas complementarias, con el permiso otorgado por la Secretaría de Movilidad y Transporte.





