¿Eres mujer y te gustaría que el primer apellido de tu hijo sea el materno en Puebla? Aunque es un tema que se ha abordado en pareja y llegado a un acuerdo este trámite es imposible.
Actualmente, la reforma el artículo 64 del Código Civil de Puebla busca eliminar estereotipos de género para que sea la pareja quien decida el orden del primer apellido de su hijo al que va a registrar.
La iniciativa de la diputada de Morena, Graciela Palomares, propone una reforma a la ley local que busca “terminar con los actos discriminatorios” en contra de las mujeres al momento de registrar a sus hijas e hijos.
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La legisladora señaló que con el paso de los años y mediante la visibilización de los derechos de las mujeres se propone que los bebés e hijos recién nacidos tengan primero el apellido de su madre.

En México, cada entidad privilegia el orden de los apellidos de sus vástagos por sorteo o son tajantes para que el primero que se plasme sea el apellido del padre sobre el de la madre.
Por ejemplo, en Edomex se establece que en caso de que no exista acuerdo será la persona servidora pública del Registro Civil quien designe el orden.
En el estado de Puebla se determinó que en caso de no haber acuerdo se designe por orden alfabético; sin embargo, ahora la historia podría cambiar.
Mujeres de Puebla podrían dar su primer apellido a su hijo
Grace Palomares propuso cambios en la reforma al Código Civil del Estado para dar privilegio al apellido de la madre en el orden y posteriormente el del padre.
Los cambios solo con los acuerdos de los progenitores en el momento de realizar el registro. La propuesta de la reforma a la ley establece:
Artículo 64: El nombre propio será puesto libremente por quien declare el nacimiento de una persona, y los apellidos, serán el del padre y el de la madre, en el orden que de común acuerdo determinen, o en su caso, solo los de aquel o los de esta, sean tales apellidos simples o compuestos.
En caso de no existir acuerdo entre los padres, el orden de los apellidos se determinará con el primer apellido de la madre y posteriormente con el primer apellido del padre.
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Al respecto, hay un antecedente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el amparo 208/2016 en el que determinó que es inaceptable que las autoridades inscriban a las niñas con los apellidos en el orden deseado por sus padres, incluso consideró desigualdad en dar solo el privilegio a los varones sobre el primer apellido.





