Un catálogo de animales endémicos, prohibida la venta, así como caza de especies es lo que se propone para modificar las reformas a la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla.
La reforma dará facultades de sanción a hechos como los ocurridos esta semana en Cuetzalan, donde hallaron colgado de un árbol un oso hormiguero, que convivía con el hábitat de la región.
El diputado Miguel Trujillo de Ita presentó un proyecto de ley que defiende la vida y la biodiversidad que se resguarda en los valles, sierras y bosques del estado de Puebla, en la que no es solo un catálogo de seres vivos, sino un legado e identidad, para las futuras generaciones.
“Se necesita establecer un régimen jurídico para la protección y conservación de las especies animales endémicas de nuestro territorio. Las especies endémicas son aquellas cuya distribución natural se encuentra restringida total o mayoritariamente al territorio del Estado de Puebla. Enfrentan amenazas silenciosas, la destrucción de su hábitat, el cambio climático, la contaminación y en lo que nos ocupa la indiferencia legal”, expuso.
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También expresó que en Puebla no hay un marco normativo que las reconozca, las defienda, y que las preserve y no como una reducida medida ecologista.
Proponen catálogo de animales endémicos en Puebla: prohíben la caza
Entre los cambios a la Ley de Bienestar Animal destaca la integración de los términos de protección y conservación de las especies endémicas del estado de Puebla.
“Se entenderá por especies endémicas, aquellas cuya distribución natural se encuentra restringida, total o mayoritariamente, en territorio del Estado de Puebla”, refiere.
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Además de que las autoridades tendrán la facultad de promover y ejecutar políticas públicas para la protección, conservación, recuperación y monitoreo de las especies endémicas de Puebla, así como a sus hábitats naturales, en coordinación con las autoridades federales y municipales.
En el artículo 47.4 se establece que queda estrictamente prohibida la caza, captura, acoso, posesión, traslado, comercialización, intercambio, exhibición, experimentación, sacrificio o cualquier otro acto que implique la afectación directa o indirecta a las especies endémicas de la fauna del estado de Puebla, salvo autorización expresa emitida por las autoridades.
Además de que la Secretaría y el Instituto, en coordinación con las autoridades ambientales federales, deberán elaborar, mantener y actualizar un catálogo estatal de especies endémicas y en riesgo, que incluya su localización, estado de conservación y acciones requeridas para su protección.
Este catálogo será de carácter público y deberá ser difundido en medios digitales y campañas educativas.
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Asimismo, el instituto impulsará campañas permanentes de concientización dirigidas a la población sobre la importancia ecológica y cultural de estas especies endémicas, su protección legal y las consecuencias del daño a las mismas
Las personas físicas o morales, públicas o privadas, que tengan conocimiento de afectaciones a especies endémicas o a sus hábitats, deberán dar aviso inmediato a las autoridades competentes, pues su omisión podrá considerarse como una sanción.
Para el caso de desastres naturales, desarrollo urbano o actividades económicas que afecten a especies endémicas o a sus hábitats, las autoridades deberán implementar de manera inmediata planes de rescate, reubicación o rehabilitación, priorizando la preservación de las especies y la restauración del ecosistema.





