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Proponen castigar hasta con 15 años de cárcel por rapiña en Puebla

El diputado Miguel Trujillo explicó que es necesario tipificar este delito en Puebla para castigar con claridad esta conducta.
Proponen castigar hasta con 15 años de cárcel por rapiña en Puebla
Rapiña tras volcadura de un tractocamión full en la autopista México-Puebla. Créditos: Sadit González/ MTP Noticias

De cuatro y hasta 15 años de cárcel, es la propuesta en el Congreso de Puebla para tipificar el robo de mercancías (rapiña) tras un accidente de tránsito o en casos de emergencia, práctica conocida comúnmente como rapiña.

En sesión ordinaria del Congreso, el diputado Miguel Trujillo, de Morena, propuso la creación del delito de rapiña en el Código Penal del Estado.

Trujillo de Ita argumentó que la rapiña es un fenómeno presente en México y se da en casos como huracanes, sismos, emergencias, siniestros de tránsito o crisis de abasto de algunos productos.

Según el dipitado, tras el huracán Otis en Acapulco en 2023, hubo saqueos y actos de rapiña que dejaron pérdidas de más de 390 millones de pesos, afectando a decenas de establecimientos locales.

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Lo mismo ocurrió en los sismos de 2017, donde incluso brigadistas y centros de acopio fueron víctimas de robos y saqueos.

Tan solo en Puebla, el pasado 19 de agosto volcó una camioneta en la autopista Puebla-Orizaba, cerca de la caseta de Amozoc. En cuestión de minutos, los vecinos de la zona aprovecharon para robarse las frutas y verduras transportadas.

Ante esto, Miguel Trujillo explicó que es necesario tipificar este delito en Puebla para castigar con claridad esta conducta.

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Foto: @JesusLopez_08

Proponen castigar hasta con 15 años de cárcel la rapiña en Puebla

La propuesta de Miguel Trujillo consiste en crear el artículo 389 Bis, señalando que comete rapiña quien:

“Aprovechándose de un accidente, desastre natural, catástrofe, tumulto, alteración del orden público o situación de emergencia, se apodere de bienes muebles ajenos sin derecho y sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellos”.

La sanción será de cuatro a 10 años de prisión y multa de 200 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMA), igual a 22 mil 628 o 67 mil 884 pesos.

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La pena se agrava en una mitad, hasta 15 años en la pena máxima, cuando:

—El delito lo cometan dos o más personas reunidas, aunque no existan acuerdo previo ni organización delictiva.

—El robo recaiga en bienes de primera necesidad destinados a la ayuda de damnificados.

—Se ejerza violencia física o moral sobre las personas.

—Ocurra en vías generales de comunicación, transporte público o instalaciones de auxilio a la población.

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Asimismo, el artículo 398 Quáter indica que no habrá sanción cuando el robo se haga sin violencia ni intimidación, sobre bienes estrictamente indispensables para satisfacer necesidades inmediatas y personales.

También se tomará en cuanta que haya una condición de vulnerabilidad provocada por el siniestro, como puede ser en un sismo o huracán.

La propuesta pasó a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisos.

Jesús Tepal

Jesús Tepal

Reportero poblano. Egresado de la Facultad de Comunicación de la BUAP. Con experiencia en medios digitales, interesado en el periodismo de investigación y la divulgación científica.