La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) turnó al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), la impugnación interpuesta por Genoveva Huerta Villegas en contra de la elección de la dirigencia estatal del PAN Puebla.
Lo anterior porque Huerta Villegas no cumplió con el principio de definitividad, ya que debió acudir primero a la instancia local, es decir el Tribunal Electoral estatal para plantear su inconformidad.
Este 15 de diciembre, la excandidata a la dirigencia estatal presentó una demanda de juicio de la ciudadanía contra actos y omisiones del PAN, debido a que acusó que la Comisión de Justicia le ocultó información necesaria para su defensa.
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Ante dicha comisión intrapartidista Genoveva Huerta se inconformó por los resultados de la elección del pasado 14 de noviembre, en la que perdió por una diferencia de más de mil votos frente a la panista Augusta Díaz de Rivera Hernández.
“Esta Sala Regional advierte que la parte actora no justifica la necesidad de acudir a esta sala en salto de instancia”, señala el acuerdo plenario de la Sala Regional respecto al juicio registrado con la clave SMC-JDC-2365/2021 interpuesto por la excandidata.
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Por ello, los magistrados electorales federales de la Sala acordaron reencauzar la impugnación al Tribunal local por ser la “instancia jurisdiccional pertinente para revisar las actuaciones denunciadas”, señala.
El TEEP deberá resolver respecto a la negativa de la Comisión de Justicia de ocultarle información, para lo cual la Sala Regional fijó un plazo de cinco días, mismo que fenece en esta misma semana.
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La Comisión de Justicia del PAN confirmó la semana pasada el triunfo de Augusta Díaz de Rivera, y desechó la inconformidad que interpuso Genoveva Huerta contra los resultados de la elección interna.