Con ideología de extrema derecha, el grupo México Republicano busca ser un nuevo partido político y ya empezó con su campaña de colecta de firmas en Puebla, uno de los requisitos para ser una opción electoral en el país.
La asociación, liderada por el exgobernador panista de Guanajuato, Juan Manuel Oliva, sostuvo que será la nueva alternativa política le hará frente a Morena en las próximas elecciones del 2027.
Se definen como una fuerza política conservadora que tiene como principal eje la seguridad, pues afirman que el gobierno federal no ha cumplido con su labor de darle paz a las y los mexicanos.
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Para el caso de Puebla, México Republicano busca afiliar a, por lo menos, 15 mil personas y conformar una asamblea de cinco mil, como parte de los requisitos para constituirse como nueva fuerza política.

Estos son los requisitos de México Republicano para ser nuevo partido político
La creación de un partido es un derecho ciudadano, reconocido en el artículo nueve de la Constitución Mexicana, el cual establece la libre asociación.
Según la Ley General de Partidos Políticos, los requisitos son los siguientes:
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—Presentar tres documentos básicos: declaración de principios, programa de acción y estatutos.
—Para partidos nacionales, contar con tres mil militantes en, por lo menos, 20 estados, o bien tener 300 militantes en un mínimo de 200 distritos electorales, no menor al .26 por ciento de la lista nominal.
—Para locales, tener militancia en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad, no menor al .26 por ciento de la lista nominal.
—Notificar al Instituto Nacional Electoral (INE) su intención de conformar un partido político, el mes de enero siguiente a la última elección presidencial.
—Informar al INE sobre el origen y uso de recursos en los primeros 10 días de cada mes, desde que se anuncia la intención hasta que se da la resolución final.
Los requisitos en los que muchas asociaciones civiles ven truncados sus intentos, son la conformación de asambleas en todo el país.
Según la ley, deben celebrar asambleas en, por lo menos, en 20 estados o en 200 distritos electorales, en presencia de un funcionario del INE que certificará lo siguiente:
—El número de afiliados en la asamblea estatal o distrital debe ser de tres mil o trescientos, como mínimo.
—Con los ciudadanos que asistan a la asamblea, quedaron formadas las listas de afiliados, con nombre, apellidos, domicilio, clave y folio de la credencial para votar.
—Que en la asamblea no exista intervención de organizaciones gremiales o de otras con objeto social diferente al de constituir el partido político.
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Una vez realizados los actos de constitución, en enero del año previo a la siguiente elección, las organizaciones deben presentar su solicitud de registro ante el INE, incluyendo los siguientes documentos:
—Documentos básicos
—Lista nominal de afiliados por estado, distrito, municipio o demarcación
—Las actas de asambleas celebradas en los estados, distritos electorales, municipios o demarcaciones.
Una vez que el INE cuente con la solicitud de registro y los documentos necesarios, en un plazo de 60 días resolverá si procede o no la creación del nuevo partido político.





