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Los años de militancia no son impedimento para ser candidato a gobernador en Morena

Iván Tirzo/ @TirzoIvan

 

Los estatutos de Morena no condicionan la militancia basada en un mínimo de años para ser candidato a gobernador en Puebla. Por lo que cualquier afiliado al partido político puede participar en la elección extraordinaria en este 2019.

 

Tras la muerte de la gobernadora Martha Erika Alonso, en un accidente aéreo el 24 de diciembre de 2018, en Morena hay una guerra interna para definir al abanderado.

 

El pasado domingo la presidenta municipal de Puebla Claudia Rivera propuso aplicar un supuesto candado establecido en los estatutos de Morena, para que el candidato tenga un mínimo de dos años de militancia.

 

En respuesta, Gabriel Biestro Medinilla, presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política en el Congreso del Estado, expresó que eso es anticonstitucional y que se trata de una opinión personal de la alcaldesa.

 

Por Morena hasta el momento hay dos aspirantes. Miguel Barbosa Huerta, quien repetiría como candidato por segundo año consecutivo; y el senador Alejandro Armenta Mier, quien pronunció que solo si garantiza unidad, él participará.

 

Por la coalición Juntos Haremos Historia hay más. Específicamente por el PT es el matrimonio Nancy de la Sierra Arámburo (senadora) y José Juan Espinosa Torres (diputado local).

 

 

¿Qué dicen los estatutos?

 

Los principios que rigen a este partido no establecen años de militancia a quienes aspiren a ser candidatos. Y el método de selección consiste básicamente en una encuesta para elegir al mejor posicionado. La Comisión Nacional de Elecciones es la que interviene en este proceso interno.

 

Artículo 44°. La selección de candidatos de MORENA a cargos de representación popular, tanto en el ámbito federal como en el local, se realizará en todos los casos, sobre las siguientes bases y principios:

 

El inciso O dice:

 

“La selección de candidatos de MORENA a presidente municipal, gobernador y presidente de la República se regirá por las mismas bases utilizadas para seleccionar candidatos a diputados por el principio de representación uninominal, a través de las respectivas asambleas electorales municipales, estatales y nacional para elegir las propuestas, entre las cuales se decidirá por encuesta al candidato”.

 

“s. La realización de las encuestas a las que alude este apartado electoral del Estatuto de MORENA estará a cargo de una comisión integrada por tres técnicos especialistas de inobjetable honestidad y trayectoria elegidos por el Consejo Nacional, sin necesidad de pertenecer a este. El resultado de sus sondeos, análisis y dictámenes tendrá un carácter inapelable.

 

“t. En caso de que haya una sola propuesta para alguna de las candidaturas se considerará como única y definitiva”.

 

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